Condenado a 8 años y medio de cárcel un cura de Talavera por abusos sexuales

Palacio_de_Justicia._Toledo

Elena Labrado Calera
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La Audiencia Provincial de Toledo ha condenado a 8 años y medio de prisión a un sacerdote de Talavera de la Reina (Toledo), cuyo juicio se celebró a puerta cerrada los días 29 y 30 de junio y 1 de julio, como autor de un delito continuado de abusos sexuales con acceso carnal a una menor de edad entre los años 2010 y 2014.

Asimismo, la sentencia de los magistrados de la Sección Segunda incluye para el procesado inhabilitación especial para el ejercicio de toda profesión u oficio, sea o no retribuido, que suponga el contacto regular con menores de edad durante el período de la condena, y prohibición de comunicarse con la víctima y de aproximarse a su persona, domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar a una distancia inferior a 300 metros, por un periodo de 18 años.

Además, dicha sentencia, ante la que cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, ha impuesto al condenado el abono de una indemnización de 50.000 euros a la víctima en concepto de responsabilidad civil.

Los hechos

La sentencia considera como hechos probados que el cura condenado conoció a la víctima en el verano de 2010, cuando ella era menor de edad, durante el cual ambos participaron en un viaje organizado por el centro escolar confesional Compañía de María, de Talavera, cuyo objeto era recorrer el Camino de Santiago y en el que el sacerdote entabló una relación de confianza con la joven debido a la función y al rol que asumió en esta actividad.

Eso motivó que al inicio del curso escolar, solicitara ser su director espiritual y mantuviera una serie de encuentros con la víctima en una sala del centro educativo en los que ésta le relataba sus inquietudes y la problemática que vivía en su ámbito familiar, debido a las malas relaciones que mantenían sus padres, lo que la llevó a considerarlo "como un padre y un referente personal y moral".

Unos meses después, el cura le propuso empezar a reunirse en su despacho parroquial, donde no había cerca terceras personas, comenzó a preguntarle por cuestiones relacionadas con su vida sexual y en una ocasión le solicitó, "de forma insistente y con un evidente ánimo libidinoso", que le besara.

En sucesivas reuniones, le quitaba la ropa a la víctima diciendo que lo hacía "porque Dios se lo pedía" y le hacía tocamientos, así como le pedía que se desnudara y perpetraba los abusos por los que ha sido condenado.

Era siempre habitual que el procesado le pidiera perdón al final de los encuentros y le dijera a la víctima que no debía contárselo a nadie.

Cuando la víctima se marchó de Talavera para iniciar sus estudios universitarios, empezó a acudir a la consulta de una doctora que le trataba una diversa y múltiple sintomatología por las afecciones mentales que presentaba, originadas, en gran medida, por las conductas de naturaleza sexual del acusado.

Durante su primer ingreso -fueron numerosos a lo largo de los años- en un centro hospitalario, el sacerdote la visitó y le advirtió de que si contaba a alguien el contenido de sus encuentros, tomaría medidas.

En 2014, la víctima fue a Talavera y por encargo de su madre, que después comenzó una relación sentimental con el condenado, acudió al domicilio del cura, donde la sometieron a un exorcismo porque su progenitora creía que las afecciones mentales que padecía su hija tenían como origen "la influencia del demonio", y posteriormente sufrió otro exorcismo en el que estaba sola con el sacerdote y volvió a abusar de ella.

En el apartado de fundamentos de derechos de la sentencia, el tribunal ha señalado que los hechos probados se han considerado como tales en virtud de la "amplia prueba documental, testifical y pericial" que se ha practicado en el procedimiento.

Sobre el testimonio de la víctima, ha precisado que el relato que ofreció fue adecuadamente contextualizado en tiempo y lugar, incluyó descripciones concretas sobre los sentimientos y gestos que mantenía el acusado, reflejó los sentimientos que dichos recuerdos le provocan a ella e incluyó aspectos que afectaban a su actitud, además de que no se observaron contradicciones en el relato.

Los magistrado también han manifestado que el conjunto de las declaraciones e informes emitidos por los peritos, profesionales y facultativos, permiten corroborar la compatibilidad del estado psicológico y mental de la víctima con la versión de los hechos mantenida por la misma.

Tras el juicio, el Ministerio Fiscal solicitó para el sacerdote una pena de 15 años de prisión y una indemnización de 50.000 euros por los daños morales sufridos, mientras que la acusación particular solicitó 22 años de cárcel e indemnización de 156.500 euros y la defensa del acusado pidió su libre absolución.

EFE

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