LEY DE AMNISTÍA
Experto en Derecho Constitucional despeja las dudas sobre la ley de amnistía
Francisco Javier Díaz Revorio, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Castilla-La Mancha resuelve las dudas en una entrevista en CMM
La futura ley de amnistía va a ser la protagonista durante todo el debate de investidura que comienza a las 12:00. Esta ley afronta una larga tramitación parlamentaria, abre un escenario de preguntas e interrogantes sobre su aplicación, consecuencias y beneficiados.
Todas estas dudas las ha despejado Francisco Javier Díaz Revorio, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Castilla-La Mancha durante una entrevista en CMM.
Debate de investidura
Esta mañana se ha conocido la noticia de que el Tribunal Supremo ha desestimado la petición de Vox de suspender el pleno de investidura. Revorio apoya la decisión del Supremo, argumentando que "no hay ningún motivo jurídico para suspender el pleno de investidura dado que el procedimiento para llegar a este pleno ha seguido las pautas y los pasos de la Constitución".
“Era una petición infundada”
Diferencias entre amnistía e indulto
El pasado lunes se registró en el Congreso de los Diputados la futura ley de amnistía como un Proyecto de Ley Orgánica y llamado Proposición de Ley Orgánica para la normalización institucional, política y social en Cataluña. La amnistía se concede a aquellas personas que están siendo investigadas por diferentes cuestiones, se concede por ley y reconoce que esta ley o su aplicación ha sido injusta. Implica reconocer que se ha hecho algo mal por parte de los propios poderes del Estado, indica Revorio.
Por ello hay que diferenciar la amnistía del indulto. Aunque en ambos casos hay una exención de cumplimiento de la norma penal, el indulto lo concede el Gobierno e implica que ya hay una sentencia firme condenatoria. Sin embargo, en la amnistía, las personas están siento investigadas.
“El indulto es perdonar y la amnistía es pedir perdón”
¿Se puede suspender la ley de amnistía?
Según el catedrático de Derecho Constitucional, la aplicación de una ley del Estado no se suspende "bajo ningún concepto" por mucho que se impugnen al Tribunal Constitucional. Sin embargo, lo que sí pueden suspender son los procesos penales en los que incida esta ley de amnistía.
Estos procesos se pueden suspender si se plantea una cuestión de inconstitucionalidad o una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Tras la revisión de estos procesos puede tomarse la decisión de no aplicar la ley de amnistía en esos casos determinados. Sin embargo, en otros, "la ley es inmediatamente aplicable".
El Senado no puede paralizar la tramitación de la ley de amnistía por completo. La Constitución permite a la Cámara Alta de las Cortes Generales vetar o enmendar aquellos proyectos o proposiciones de ley que procedan del Congreso, pero esto no lo paraliza, simplemente lo retrasa.
De esta forma, el proyecto tendría que volver al Congreso, que puede levantar el veto de inmediato por mayoría absoluta o puede levantarlo en 2 meses por mayoría simple.
"Un veto del Senado no significa que se paralice, porque este veto lo puede levantar el Congreso"
Regreso de Puigdemont a España
Tras salir adelante el proyecto de la ley de amnistía, surgen dudas sobre la posible vuelta de Puigdemont a España. Una vez la ley esté en vigor, si el juez tiene dudas sobre la constitucionalidad de la ley, el proceso queda suspendido pero no se cierra. De esta forma, se mantienen abiertos los procesos por los que Puigdemont es investigado, aunque se suspendan, no se cierran las investigaciones.
"Si Puigdemont viene se expone a ser detenido"