Pajitas, bastoncillos y platos de plástico, prohibidos en toda la UE

bebida con pajita, plásticos de un solo uso

Tania Franco Rodríguez
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La venta de platos, cubiertos, pajitas, bastoncillos y envases de polietileno para alimentos quedarán prohibidos en el conjunto de la Unión Europea este sábado, 3 de julio. En el caso de España, el Gobierno ha asegurado que la prohibición también será "efectiva" desde esta fecha, a pesar de que la directiva europea que lo regula no está aún transpuesta al ordenamiento jurídico nacional.

En una reciente nota informativa de la Subdirección General de Economía Circular de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) confirma que "las restricciones a la entrada en el mercado y las obligaciones de marcado entrarán en vigor a partir del 3 de julio de 2021".

Prohibida la venta de cualquier producto fabricado con plástico oxodegradable

La Comisión Europea busca la retirada del mercado de los productos de plástico de usar y tirar para los que ya existen alternativas y, para ello, aprobó hace ya dos años una Directiva al respecto, que daba de plazo a los Estados miembro hasta este próximo sábado. Hace apenas un mes, el 31 de mayo pasado, Bruselas pidió a los 27 que armonizaran la prohibición de plásticos de un solo uso y urgió a los países que garanticen que "las nuevas reglas son aplicadas de forma correcta y uniforme" en bloque.

En concreto, la Directiva de 5 de junio de 2019 sobre la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, establece que desde el 3 de julio de 2021 queda prohibida la venta de cualquier producto fabricado con plástico oxodegradable, con microesferas de menos de 5 milímetros, bastoncillos de algodón, cubiertos de plástico, platos, pajitas, palitos agitadores de bebidas, el palo de los globos, los recipientes de poliestireno expandido y los vasos de ese mismo material.

Adicionalmente, ese mismo día entran en vigor en el conjunto de la UE una serie de obligaciones de marcado para compresas, tampones higiénicos y aplicadores de tampones; toallitas húmedas; productos del tabaco con filtros y vasos de bebida.

Lo que prohíbe la norma es la introducción en el canal de distribución, pero el comerciante que ya lo ha adquirido lo puede vender por lo que desde el Ministerio se está haciendo un análisis jurídico para determinar las posibilidades de su aplicación directa.

Ley en trámite

El plazo para entrar en vigor se cumple este sábado sin que España haya aprobado el proyecto de ley de residuos y suelos contaminados que incluye esta transposición. La iniciativa legislativa fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 18 de mayo y acaba de iniciar recientemente su tramitación parlamentaria. La semana pasada, el 24 de mayo, el Congreso de los Diputados debatió y posteriormente rechazó la enmienda a la totalidad de Vox para devolver el proyecto de ley al Gobierno.

En 2021, el Proyecto de Ley fue aprobado por Consejo de Ministros para que iniciara su tramitación en el Parlamento a la mayor brevedad por lo que desde el MITECO espera que la directiva esté traspuesta en los próximos meses. En concreto, la futura ley ha comenzado esta semana la etapa de escuchar a los sectores y no comenzará hasta después del verano su fase de ponencia.

Así, no estará aprobada, "como pronto", hasta Navidad, pero muy previsiblemente hasta la primavera de 2022, según explicó la semana pasada el presidente de la Comisión para la Transición Ecológica del Congreso y diputado de Unidas Podemos Juan López de Uralde. En cualquier caso, desde el MITECO precisan que las competencias de gestión son autonómicas, tanto en materia de residuos como de comercio o consumo, aunque la normativa sea estatal.

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