España legaliza la eutanasia: ¿quién y cómo puede acogerse a la ley?

Elena Garcia Fermosel
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El pleno del Congreso de los Diputados ha dado el visto bueno definitivo a la ley de eutanasia, que se convertirá en una nueva prestación del Sistema Nacional de Salud que podrán solicitar aquellas personas que padezcan una enfermedad grave e incurable con un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable.

España se convierte así en el séptimo país del mundo en legalizar la eutanasia tras ser aprobada la ley en el Congreso de los Diputados, con los votos en contra de Partido Popular y Vox.

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Con 202 votos a favor, 141 en contra y 2 abstenciones, el Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves la ley de eutanasia.

La eutanasia es legal en Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Canadá, Nueva Zelanda y Colombia (en este último país por decisión del Tribunal Constitucional, pero sin que el Parlamento haya aprobado una ley que la regule).

Después de algo más de un año de tramitación parlamentaria, que se vio interrumpida por la pandemia, esta propuesta de regulación de la eutanasia presentada por el PSOE será aprobada en el pleno de este jueves y entrará en vigor dentro de tres meses, después de publicarse en el Boletín Oficial del Estado.

Durante su tramitación en el Congreso y el Senado, la ley de eutanasia ha tenido que superar los vetos presentados por PP y Vox y ha contado con el apoyo mayoritario de ambas Cámaras.

La ley regula también la posibilidad de pedir ayuda para morir en un documento de instrucciones previas, el conocido como testamento vital, al que se recurrirá cuando la persona no pueda realizar una solicitud de forma autónoma y consciente.

Familias que desde hace años luchan por la despenalización de la eutanasia y el suicido asistido han acudido al Congreso para celebrar la aprobación de la ley. También se han producido manifestaciones en contra de esta ley.

Una ley que llega 23 años después de un caso que, durante años, puso en el debate público la eutanasia: la muerte, voluntaria, de Ramón Sampedro.

¿Quién puede solicitar que se le aplique la ley de eutanasia?

Con esta ley, las personas mayores de edad que sufran "una enfermedad grave e incurable" o un "padecimiento grave, crónico e imposibilitante" que afecte a la autonomía y que genere un "sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable" podrán solicitar la prestación de la ayuda para morir.

Hay que tener la nacionalidad española, residencia legal en España o certificado de empadronamiento que acredite un tiempo de permanencia en territorio español superior a doce meses.

Procedimiento a seguir

El paciente debe formular dos solicitudes de manera voluntaria y por escrito, dejando una separación de al menos quince días entre ambas, aunque el médico puede acortar ese plazo si cree que existe un riesgo "inminente" de "pérdida de la capacidad" del enfermo para otorgar el consentimiento informado.

El solicitante de la prestación de ayuda para morir podrá revocar su solicitud en cualquier momento o pedir su aplazamiento.

Una vez recibida la primera solicitud, el médico responsable realizará con el paciente un "proceso deliberativo" sobre su diagnóstico, posibilidades terapéuticas y resultados esperables, así como sobre posibles cuidados paliativos, análisis que se repetirá tras la segunda solicitud.

Después se volverá a preguntar a la persona si desea desistir o continuar. Si mantiene la solicitud, el médico responsable deberá consultar el caso con un "médico consultor", que tendrá un plazo de diez días para corroborar el cumplimiento de las condiciones.

Comisión de Garantía y Evaluación

En cada comunidad autónoma deberá crearse en el plazo de tres meses una "Comisión de Garantía y Evaluación" compuesta por personal médico, de enfermería y juristas y responsable en última instancia de autorizar cada proceso de eutanasia.

Tras ser informado por el médico de una petición, el presidente de la comisión designará a dos miembros que tendrán siete días para verificar que se cumplen los requisitos previstos en la ley.

Las resoluciones desfavorables de la Comisión podrán ser recurridas ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

¿Cómo se aplicará la eutanasia?

El paciente tiene derecho a elegir cómo quiere recibir la ayuda para morir: que el personal médico le administre directamente una sustancia, o que le prescriba o le facilite la sustancia, de modo que se la pueda "auto administrar" para causar su propia muerte.

En el primer caso, la ley establece que el equipo sanitario asistirá al paciente hasta el momento de la muerte. En el segundo, que "mantendrá la debida tarea de observación y apoyo a este hasta el momento de su fallecimiento".

El proceso podrá realizarse en centros sanitarios -públicos, privados o concertados- o en el domicilio del enfermo.

Una vez realizada la eutanasia, el médico responsable tendrá que remitir a la Comisión de Garantía y Evaluación toda la documentación del caso.

De acuerdo con esta ley, la muerte como consecuencia de la prestación de ayuda para morir tendrá la consideración legal de muerte natural.

Garantía de prestación y objeción de conciencia

La prestación de ayuda para morir estará incluida en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud y será de financiación pública. Los servicios de salud autonómicos deberán garantizar la prestación.

La ley reconoce a los profesionales sanitarios el derecho a la objeción de conciencia, que deberán manifestar de forma anticipada y por escrito.

Las administraciones sanitarias crearán un registro de objetores, sometido a estricta confidencialidad, para garantizar la adecuada gestión de la prestación. EFE

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