Nuevo catálogo de prestaciones ortoprotésicas del SESCAM: entrará en vigor en agosto

La silla de ruedas está incluida en el el nuevo Catálogo General de Prestaciones Ortoprotésicas del Sescam, que entrará en vigor a partir del próximo 1 de agosto de 2022

Susana Palomo Gómez
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El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica hoy una resolución de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha por la que se aprueba el nuevo Catálogo General de Prestaciones Ortoprotésicas del SESCAM, que entrará en vigor a partir del próximo 1 de agosto de 2022.

Este es el nuevo Catálogo General de Prestaciones Ortoprotésicas

El nuevo catálogo es el resultado de la adaptación realizada por el sistema sanitario público regional a lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Sanidad del pasado mes de enero por la que se actualiza la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud. La publicación de este nuevo catálogo supone la derogación del que estaba en vigor desde noviembre de 2019.

En este nuevo documento, se recoge la actualización relativa al catálogo común de prótesis externas de miembro superior y miembro inferior, ortoprótesis para agenesias, sillas de ruedas, órtesis y productos para la terapia del linfedema.

Asimismo, se establecen los casos de especial prescripción señalados en el catálogo común y los tipos de productos que sólo podrán ser indicados por determinados especialistas o por las unidades clínicas designadas a tal efecto. Además, se fija una vida media para cada producto para dar más garantía al usuario de la calidad del mismo.

Desde abril de 2019, y dentro de las medidas adoptadas por el Gobierno regional dentro de su estrategia de humanización de la asistencia sanitaria, los pacientes del SESCAM que cuentan con la prescripción por parte de su facultativo de referencia de alguno de los materiales ortoprotésicos incluidos en el Catálogo del Sistema Nacional de Salud, no tienen que hacer frente al pago por adelantado de estos productos, sino que es el propio servicio regional de salud quien abona al establecimiento dispensador el coste de este material.

Hasta esa fecha, cuando un paciente recibía la prescripción por parte de su facultativo de alguno de los productos incluidos en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, era él quien debía abonar el importe completo a la ortopedia y, posteriormente, el SESCAM le reembolsaba la parte del gasto financiada por el sistema sanitario público, tras presentar la documentación acreditativa de su situación.

El procedimiento se modificó con el objetivo de agilizar y facilitar el acceso de los pacientes al material prescrito por su facultativo ya que no tienen que soportar el esfuerzo económico que supone desembolsar la totalidad del importe de este material.

Más de 23.000 pacientes se beneficiaron el año pasado de esta exención de pago anticipado. El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha destinó en 2021 más de siete millones de euros a la financiación de este tipo de material.

La prestación ortoprotésica consiste en la utilización de productos sanitarios, implantables o no, cuya finalidad es sustituir total o parcialmente una estructura corporal, o bien modificar, corregir o facilitar su función. No constituyen parte de esta prestación los efectos y accesorios, ni los artículos ortoprotésicos destinados a uso deportivo, ni los empleados con finalidad estética, ni aquellos dirigidos al público en general.

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