CCOO "vigilará" que el empresariado de CLM cumpla con el registro obligatorio de la jornada laboral

horas extra jornada laboral

Sara Santos Beato
Seguir al autor

A partir de hoy, las empresas tienen que registrar la jornada diaria de sus trabajadores y trabajadoras para adaptarse a la nueva normativa. CCOO de Castilla-La Mancha ha exigido al empresariado de la región el cumplimiento del registro obligatorio de la jornada laboral, en virtud del Real Decreto-ley de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Al mismo tiempo, ha avisado de que "va a estar muy vigilante para que este cumplimiento sea efectivo".

El objetivo de esta medida es medir la duración de las jornadas laborales y, por lo tanto, las horas extraordinarias, y también los descansos.

Más de 85.000 horas extras no pagadas a la semana en CLM

El sindicato ha denunciado que, según los datos que nos ofrece la última EPA, en Castilla-La Mancha se hacen a la semana un total de 86.877 horas extra no pagadas, con las cuales se podrían generar en nuestra región más de 2.600 empleos, según el sindicato.

"Hay que acabar con este abuso y con la explotación a la que se somete a las personas trabajadoras, con jornadas interminables, no pagando las horas extra ni con dinero ni con tiempo, perjudicando no solo a las personas trabajadoras afectadas, sino al conjunto de la sociedad, pues supone un fraude en las cotizaciones de la Seguridad Social", ha defendido la secretaria regional de Acción Sindical y Formación Sindical de CCOO Castilla-La Mancha, Carolina Vidal.

La secretaria regional ha avanzado que CCOO de Castilla-La Mancha, "a través de nuestras delegadas y delegados sindicales", va a exigir en los centros de trabajo que este registro horario se le comunique de forma regular a la plantilla.

6,4 millones de horas extra a la semana en España

Cada semana de 2018 se realizaron 6,4 millones de horas extraordinarias en España. Al 48% de los trabajadores que realizan horas extra éstas no se les abonan, por lo que tampoco cotizan por ellas a la Seguridad Social.

El registro obligatorio que las empresas deben tener listo debe incluir el inicio y finalización de la jornada del trabajador, sin perjuicio de la flexibilidad horaria. Se organizará y documentará mediante la negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, por decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores.

La empresa estará obligada a conservar los registros de jornada de sus trabajadores durante cuatro años y deberán permanecer a disposición de los trabajadores, sindicatos y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En caso de incumplimiento, la cuantía de la sanción puede ir desde los 626 euros si es considerada leve o llegar a los 6.250 euros en caso de calificarse como grave.

Según ha señalado Trabajo, el modelo de registro pactado deberá ofrecer fiabilidad y acreditar que no pueda ser manipulable, ni modificable a posteriori, con el fin de evitar fraudes, abusos o simples incorrecciones.

AGENCIAS | CMM

Temas