INDEMNIZACIÓN

Condenan al Sescam por la muerte de una paciente a la que no detectaron una hemorragia cerebral

Deberán indemnizar con 128.700 euros al viudo y los hijos de la paciente

Hospital de Hellín (Foto archivo)

Redacción CMM
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El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha deberá indemnizar con 128.700 euros al viudo y los hijos de una pacientea la que no detectaron una hemorragia cerebral tras caerse y golpearse. Fue atendida en Urgencias del Hospital albaceteño de Hellín, donde acabó falleciendo. 

Así lo ha dado a conocer este viernes la Asociación 'El Defensor del Paciente', cuyos servicios jurídicos han sido los encargados de tramitar la denuncia. 

La mujer, de 72 años, sufrió una caída en su domicilio en enero de 2020, golpeándose la cabeza. Fue trasladada al Hospital de Hellín, donde se le dio el alta "sin seguir las prevenciones protocolarias para un traumatismo craneoencefálico que exigían, entre otros, un tiempo mínimo de observación y repetición de pruebas de imagen". 

Al día siguiente, la mujer volvió al hospital con cefalea, náuseas, vómito y pérdida de consciencia, por lo que se le practicó un TAC que mostró una hemorragia cerebral. Después de esto quedó ingresada y falleció tres días después. 

La organización ha señalado que el Servicio de Inspección de Servicios Sanitarios del propio Sescam, al interponer un recurso, emitió un informe en el que confirmó la defectuosa asistencia sanitaria, ya que señaló que "en la asistencia prestada a la paciente en el Servicio de Urgencias del Hospital Comarcal de Hellín no se siguió ningún protocolo o guía clínica de atención al paciente adulto con TCE".

La paciente debería haber estado en observación 24 horas

Además, "de la falta de asistencia precoz al traumatismo craneal derivó una pérdida oportuna para la paciente como consecuencia en la demora del diagnóstico y tratamiento temprano y adecuado es clave para la supervivencia", apuntó el Servicio de Inspección. 

Consideraron, como lo ha dado a conocer la citada organización, que "la paciente debería haber permanecido en observación al menos 24 horas debido al traumatismo craneal, persistencia de cefalea y náuseas, y presencia de factores de riesgo además, se debería repetir el TAC".

En la sentencia que ahora se ha conocido, el juez ha considerado que "de acuerdo con lo manifestado por la Inspección Médica, existió un error en la inicial valoración clínica de la paciente en Urgencias, juicio que condicionó la actuación posterior del Servicio hospitalario de Urgencias".

Ha considerado que esto privó a la paciente "de la posibilidad de diagnosticar y tratar con varias horas de antelación la hemorragia intracraneal que finalmente padecía, lo que podría haber repercutido en una mayor esperanza de vida".