Nuevas normas de aforo en el deporte federado de Castilla-La Mancha
La Consejería de Sanidad ha modificado las normas para contener la expansión de la COVID-19 en las últimas horas. Entre las novedades, se encuentran cambios sustanciales en relación a los aforos permitidos en el deporte federado de Castilla-La Mancha que han generado confusión en clubes y aficionados. Los aforos suponen para el deporte una de las principales vías para el sostenimiento económico de los clubes, además del alma del deporte, el aficionado, que ha sufrido, como otros tantos sectores, con resignación las necesarias restricciones para contener la pandemia.
Diferenciar deporte federado del resto del deporte
Lo primero que es necesario entender es que la actual normativa diferencia claramente el tratamiento del deporte federado del resto del deporte. Las normas tanto nacionales como regionales protegen las competiciones deportivas de ámbito federado, garantizando que pueda seguir desarrollándose incluso en los escenarios más complicados por la expansión del COVID -19. Y dentro del deporte federado, la Ley diferencia el deporte profesional (liga de 1ª y 2ª división de fútbol y liga ACB de baloncesto) y el resto del deporte (llamado no profesional de ámbito estatal o regional). La gestión en la pandemia del primero queda en manos del Gobierno de España. El resto queda en manos de las Comunidades Autónomas. Esto explica por qué el Albacete Balompié, siendo un equipo de 2ª división, no se ve afectado por las disposiciones que va determinando la Consejería de Sanidad a las que sí está sujeto el Atlético Albacete (de 3ª división).
En el ámbito que nos ocupa, el deporte no profesional (dependiente del Gobierno de Castilla - La Mancha), la forma de celebración de las competiciones federadas estará en función del nivel de restricción en que se encuentre el municipio en el que se desarrolla el evento. Actualmente, y tras las modificaciones realizadas por la Dirección General de Salud Pública en estas últimas horas, Deportes CMM ofrece una breve guía sobre las nuevas normas del deporte federado en cada uno de los niveles de restricción.
Actualmente, la normativa sanitaria de Castilla - La Mancha recoge cuatro escenarios posibles en función del nivel de riesgo de transmisión del virus: Nivel 1 (el más bajo), Nivel 2, Nivel 3 y Nivel 3 reforzado (el más alto).
La gran novedad: el aforo queda delimitado solo por el porcentaje
Hasta ayer mismo, el aforo máximo de los recintos deportivos estaba determinado por dos variables. Un porcentaje y un número límite. Ambos casos venían determinados por el nivel de riesgo del municipio. Por ejemplo, para eventos deportivos federados celebrados en municipios en nivel 2 (el último en el que se permitía público) se establecía un aforo máximo de un 30% para espacios cerrados hasta un máximo de 300 asistentes, y un 50% de aforo máximo en espacios abiertos hasta un máximo de 500 asistentes.
Desde anoche, ha desaparecido el límite del número máximo de espectadores. A partir de hoy el límite queda marcado exclusivamente por el porcentaje del aforo total, al igual que en los eventos taurinos.
Deporte en municipios con NIVEL 3
Es la gran novedad contenida en la modificación de la Instrucción 10/2021 de Sanidad. Por primera vez, y por sorpresa para la mayoría del mundo del deporte federado, se permite la presencia de público en los eventos deportivos federados que se celebren en municipios declarados en nivel 3 de restricción. En concreto las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse limitando la presencia de público a un aforo del 20% en espacios cerrados (por ejemplo pabellones deportivos) y al 50% en espacios abiertos (por ejemplo campos y estadios de fútbol), y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso de cada Federación. En ningún caso se autorizará el traslado de estos eventos a otras localidades que se encuentren en un nivel inferior de medidas de restricción.
Sirvan como ejemplo los aforos del Estadio Salto del Caballo del CD Toledo (fútbol) en el que caben 5.500 espectadores, y el Pabellón Virgen de la Cabeza del Viña Albali Valdepeñas (fútbol sala) en el que caben 2.000 mil personas. Uno al aire libre, y otro en espacio cerrado. En nivel 3, estos recintos podrían albergar, con la nueva normativa hasta 2.750 espectadores (50%) y 400 aficionados (20%) respectivamente.
La confusión en nivel 3 reforzado
En el caso de municipio que estén en nivel 3 reforzado las últimas modificaciones sanitarias no permitirían acceso de público a los recintos en los que se celebren eventos deportivos federados que se tendrían que celebrar a puerta cerrada. La instrucción de Sanidad dice que se cerrarán "gimnasios, saunas y otros recintos de práctica del deporte y la educación física, tanto en espacio abierto como cerrado (únicamente se podrá permitir su apertura para competiciones federadas, siempre sin presencia de público)".
Sin embargo, han causado gran confusión algunas resoluciones de las Delegaciones Provinciales de Sanidad publicadas ayer y hoy en el DOCM que haciendo referencia a las nuestras instrucciones sanitarias, declaran localidades como Alovera o Villanueva de la Torre en nivel 3 reforzado pero mantienen la autorización de acceso de público para competiciones federadas.
Deporte en municipios con NIVEL 2
Las competiciones deportivas federadas se podrán celebrar con público en localidades en nivel 2 respetando un aforo máximo de un 50% para espacios cerrados, y un 75% de aforo máximo en espacios abiertos y conforme a los protocolos de cada Federación. En ambos casos, se deberá contar con butaca preasignada, y en caso justificado de que no fuera posible, establecer las medidas pertinentes para asegurar en todo momento el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal. En ningún caso se podrá autorizar el traslado de estos eventos a otras localidades que se encuentren en un nivel inferior de medidas de restricción.
En el caso de los ejemplos anteriores, el Salto del Caballo podría acoger hasta 4.125 espectadores y el Virgen de la Cabeza hasta un máximo de 1.000 espectadores.
Deporte en municipios con NIVEL 1
Las condiciones de celebración de eventos para municipios con nivel 1 son las menos restrictivas ya que la normativa se limita a señalar que "las competiciones de deporte federado se regirán según lo establecido en la normativa en vigor. Se permitirá la presencia de público hasta un aforo del 75%", sin realizar más especificaciones.
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