ACEITE DE OLIVA
Se suprime el IVA del aceite de oliva hasta septiembre
Hasta el 30 se septiembre, se mantendrá esta rebaja, para después subir al 2% entre octubre y diciembre
Baja el IVA del aceite de oliva a partir de este lunes, 1 de julio, al 0% y se mantendrá así hasta el 30 de septiembre, para después elevarse al 2% entre octubre y diciembre.
Del mismo modo, el Gobierno mantendrá la rebaja del IVA al 0% de los alimentos básicos como el pan, verduras o fruta, hasta el 30 de septiembre y elevar el tipo al 2% entre octubre y diciembre de este año. Coincidirá con la previsión de la inflación de los alimentos durante el último trimestre que se será moderada a la baja.
Importantes novedades como las del IVA del aceite, se enmarcan en el Real Decreto-Ley aprobado la semana pasada por el Consejo de Ministros y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), relacionado con las medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo.
Este decreto-ley incluye una modificación para que el aceite de oliva pase a formar parte de la cesta de productos y alimentos básicos, por lo que tendrá siempre un tipo superreducido, una vez terminen las rebajas extraordinarias del impuesto.
En España, el tipo superreducido es del 4%, lo cual significa que, cuando los tipos vuelvan a la normalidad, el IVA de este será del 4% en vez del 10%. Del mismo modo se prorrogan también hasta el 30 de septiembre los tipos del 5% del IVA para la pasta y los aceites de semilla. A partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre, el tipo se situará en el 7,5%.
La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ya explicó durante la presentación del Real Decreto-Ley que el Ejecutivo acompañará a las familias y al tejido producto "el tiempo que sea necesario para recuperar la normalidad".
Rebaja del IRPF a 5,2 millones de personas
Otra medida de este Real Decreto-Ley es la rebaja del IRPF, que evitará que las personas que cobren el salario mínimo interprofesional tribuyen en el impuesto sobre la renta.
El Gobierno ya modificó este reglamento para evitar que estos trabajadores tuvieran ya desde este 2024 retenciones en sus nóminas mensuales y lo que el Ejecutivo hace ahora es incluir la medida en la propia ley del IRPF.
El año pasado se elevó este umbral mínimo para practicar retenciones de 14.000 a 15.000 euros. Ahora se vuelve a incrementarlo hasta el 15.876 euros, es decir, el equivalente al salario mínimo interprofesional en cómputo anual.
Los colectivos que se benefician por esta medida son más amplios, dada la propia progresividad del impuesto, alcanzando la mejora hasta las rentas que llegan a los 22.000 euros.
Según Montero, esta rebaja del IRPF beneficia a 5,2 millones de contribuyentes, especialmente son asalariados y pensionistas con rentas bajas y medias que lograrán un ahorro de 1.385 millones de euros.
Así, la suma de las medidas fiscales incluidas en este real decreto, tanto el IVA como el IRPF, suponen para las familias un ahorro de 3.000 millones de euros al año.