La Justicia de Madrid rechaza los confinamientos perimetrales impuestos por Sanidad
La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid ha denegado, por verse afectados los derechos y las libertades fundamentales, la ratificación de las medidas acordadas en el apartado tercero de la Orden de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se establecen medidas preventivas en determinados municipios de la región en ejecución de la Orden del ministro de Sanidad por la que se aprueban actuaciones coordinadas en salud pública, según ha informado el propio tribunal en una nota de prensa.
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha avanzado que quiere trabajar con el Gobierno central en una nueva orden que incluya medidas "sensatas y justas" y que esté lista mañana.
Así lo ha manifestado la dirigente madrileña, en una declaración, desde la Real Casa de Correos, sede del Gobierno regional. Ayuso ha asegurado que retirarán las medidas cautelares que habían impuesto ante dicha orden en la Audiencia Nacional.
?️Ayuso pide a los madrileños no salir de #Madrid en el Puente del Pilar y al Gobierno de Sánchez retomar el diálogo y una normativa "sensatas, justa y ponderadas" para todas las CCAA pic.twitter.com/Z6hxFJV5bG
El ministro, Salvador Illa, ha dicho que se van a valorar las medidas legales y que va a convocar de urgencia al Comité Covid, en el que participa la Comunidad de Madrid. Contra esa decisión cabe recurso.
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, estudia medidas jurídicas y convoca al Grupo Covid-19 para "esta misma tarde".
Por su parte, la portavoz del Gobierno de Castilla-La Mancha se ha mostrado preocupada por las consecuencias que puede tener la decisión judicial para Castilla-La Mancha
?️Castilla-La Mancha ve con "cierta preocupación" el rechazo del TSJM a las medidas impuestas en Madrid porque "nos afecta"@Blanca_CLM se muestra convencida de que Sanidad tiene "mecanismos" para que ese confinamiento se lleve a cabo pic.twitter.com/1LG71l3FQP
El líder del PP, Pablo Casado, ha asegurado este jueves que la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anulando el cierre de Madrid "da la razón" al Gobierno madrileño que dirige Isabel Díaz Ayuso y pone en "una situación prácticamente insostenible" al ministro de Sanidad, Salvador Illa.
Pablo Casado @pablocasado_ considera la decisión de la justicia de Madrid un refrendo de Isabel Díaz Ayuso.
El presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, ha afirmado sobre Madrid que es preciso "poner todos los instrumentos y medidas encima de la mesa" al considerar "preocupante" la evolución de la pandemia.
?@sanchezcastejon, asegura que el Gobierno de España "ha tratado de defender la salud pública" en Madrid.
Los detalles de la decisión de la Justicia de Madrid
Según la nota de prensa del tribunal, los magistrados precisan en su resolución que “nos encontramos ante un marco legal que difiere sustancialmente del que fue objeto de análisis, coincidiendo con la ratificación de las medidas sobre áreas sanitarias, de 24 de septiembre y 1 de octubre, ya que, como reconoce el propio letrado de la Comunidad de Madrid, lo que se solicita en esta ocasión es la ratificación del mandato obligado del ministro de Sanidad por el que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-COV-2”.
El TSJ de Madrid deniega la ratificación de las #MedidasCOVID al afectar la Orden comunicada del ministro de Sanidad derechos fundamentales https://t.co/2UCFrba0LZ
“Esta Orden del ministro de Sanidad –recoge el auto- se dicta al amparo del artículo 65 de la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud. Conforme a ello, el ministro de Sanidad aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública aprobadas en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, obligando con ello a las Comunidades autónomas destinatarias”.
El único título vinculante
Según la nota de prensa, la resolución aclara que es el artículo 65 de la referida ley el que cita el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y la Orden comunicada de 30 de septiembre de 2020 como único título legal habilitante de la potestad administrativa ejercitada en la mención del citado acuerdo y la emisión de la Orden comunicada, cuya ejecución lleva a cabo la Comunidad de Madrid.
“Por ello, -continúa la resolución- la ratificación de las medidas sanitarias restrictivas de derechos fundamentales dependerá del juicio que merezca tal habilitación legal”, es decir, los magistrados dilucidan en el presente auto, “si la previsión del artículo 65 de la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, autoriza la restricción de derechos fundamentales y libertades públicas”, abordándose con independencia de que “las medidas restrictivas de tal derecho fundamental fueran necesarias e idóneas para evitar la extensión de la enfermedad en una situación de pandemia como la actual”.
“En consecuencia, -avanza la resolución- se ha venido admitiendo la posibilidad de que por Ley Orgánica, e incluso mediante Ley Ordinaria, se permita la adopción de medidas concretas que limiten el ejercicio de determinados derechos fundamentales, con las matizaciones hechas acerca del ámbito aceptable de intromisión de una y otra en el derecho fundamental, sin necesidad de acudir a la excepcionalidad constitucional que implica la declaración de un estado de alarma y siempre que esta limitación se encuentre suficientemente acotada en la correspondiente disposición legal de habilitación en cuanto a los supuestos y fines que persigue, de manera que resulte cierta y previsible, y este justificada en la protección de otros bienes o derechos constitucionales”.
“La Sala –finaliza el auto- es consciente de la gravedad de la crisis sanitaria sin precedentes, ante la que se enfrentan los poderes públicos y que padece nuestra sociedad, constatada ya el 11 de marzo de 2020, cuando la Organización Mundial de la Salud elevó la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. También lo es de la necesidad de adoptar medidas inmediatas y eficaces de diversa índole para proteger la salud de los ciudadanos, contener la propagación de la enfermedad y reforzar el Sistema Nacional de Salud, entre las que cabría incluir medidas limitativas de derechos fundamentales de mayor o menor alcance. Para ello nuestro sistema constitucional articula instrumentos jurídicos de diversa naturaleza que ofrecen cauces jurídicos diferentes para delimitar, modular, restringir, e incluso suspender los derechos fundamentales de las personas, respetuosos con las garantías constitucionales”.