SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL
El Gobierno aprueba la subida del salario mínimo hasta a 1.134 euros
Esta subida se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) para 2024 en un 5%, desde los 1.080 euros mensuales por catorce pagas hasta los 1.134 euros. Esta subida se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024.
Este incremento del SMI responde al acuerdo que alcanzaron a mediados de enero el Ministerio de Trabajo y CCOO y UGT, sin el concurso de las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme, que decidieron no apoyarlo porque no se atendieron sus demandas de indexar el SMI a los contratos públicos y de establecer bonificaciones para el sector del campo.
2,5 millones de personas beneficiadas
Esta subida del SMI beneficiará a más de 2,5 millones de personas, el equivalente a uno de cada siete asalariados, de los que un tercio serán mujeres y jóvenes. De hecho, el perfil tipo del perceptor de esta renta mínima es mujer, joven, con contrato temporal y que trabaja en sectores como el comercio, la hostelería o en los sectores agroalimentarios.
"Hoy España es un país mejor", ha señalado la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, que ha instado, no obstante, a seguir subiendo los salarios en España para recortar la brecha con las medias salariales europeas.
"España tiene una distancia a día de hoy de 19 puntos con las medias salariales europeas. Quiere ello decir que tenemos que hacer un esfuerzo colectivo como país para seguir incrementando los salarios en nuestro país, no solamente el salario mínimo, sino el salario de las gentes trabajadoras de España", ha defendido Díaz en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Subida del salario al mismo tiempo que se reduce la jornada laboral
Díaz ha asegurado que el Gobierno va a seguir subiendo el SMI, al tiempo que se irá reduciendo la jornada laboral. "Lo vamos a hacer reduciendo la jornada y, por supuesto, sin reducción salarial", ha reiterado la ministra, tras indicar que la no reducción del salario mientras se rebaja la jornada laboral es lo que va a permitir "tirar hacia arriba de los salarios".
Desde que se inició la senda ascendente del SMI, esta renta mínima se ha revalorizado un 54% (398 euros más), lo que ha contribuido a reducir la pobreza salarial en un 25%, de acuerdo con los datos del Ministerio que dirige Yolanda Díaz.
Hoy subimos el Salario Mínimo Interprofesional un 5%, hasta los 1.134 euros.
— Pedro Sánchez (@sanchezcastejon) February 6, 2024
Desde que gobernamos, se ha incrementado en un 54%.
Más derechos para dignificar la vida de los trabajadores y trabajadoras, y construir un país más justo.#EspañaGobierna pic.twitter.com/mcOAvrBI28
A principios del año pasado, el Gobierno acordó, sólo con los sindicatos, una subida del SMI del 8% para 2023. Su compromiso para esta legislatura es fijar, por ley, que esta renta mínima siempre debe ser equivalente al 60% del salario medio.
La CEOE tampoco se sumó a las subidas del SMI de 2022 y 2021 acordadas por el Gobierno de Pedro Sánchez con CCOO y UGT, pero sí pactó con ellos el incremento de 2020, cuando aumentó desde los 900 a los 950 euros mensuales.
Sube el mínimo exento en el IRPF
Como consecuencia de la subida del SMI para 2024, el Gobierno ha aprobado al mismo tiempo elevar el mínimo exento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en 2024 desde los 15.000 euros hasta los 15.876 euros, cifra equivalente al SMI anual, según ha detallado la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Igualmente, con la finalidad de evitar el correspondiente "error de salto", la medida se extiende a contribuyentes con rendimiento netos del trabajo de hasta 19.747,5 euros anuales, los cuales verán reducidas sus retenciones o ingresos a cuenta.
La modificación del reglamento del IRPF eleva los ingresos sin retención al SMI, pero en función de si el contribuyente está casado o tiene hijos, el mínimo exento de retención se incrementa. Por ejemplo, para un contribuyente casado, y no separado legalmente, cuyo cónyuge obtenga rentas superiores a 1.500 euros, excluidas las exentas, con un hijo el mínimo exento será de 16.342 euros y con dos o más hijos, de 16.867 euros.
El mínimo exento para un contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente con un hijo será de 17.644 euros y con dos hijos o más, de 18.694 euros.
En el caso de un contribuyente sin hijos cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas, el mínimo será de 17.197 euros. Si tiene un hijo, el mínimo sería de 18.130 euros y si tiene dos hijos o más será de 19.262 euros.
Europa Press