MALTRATO ANIMAL

Investigado por abandonar a un galgo en Alovera (Guadalajara)

El cadáver del animal apareció en un vertedero ilegal con la cabeza atrapada entre varios sofá

El cadáver del animal apareció en un vertedero ilegal de enseres domésticos en la localidad de Alovera con la cabeza atrapada entre varios sofáGuardia Civil

Susana Palomo Gómez
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Investigado un hombre tras la aparición del cadáver de un galgo, encontrado hace unas semanas en un paraje de la localidad de Alovera.

Los informes de la patrulla del Seprona de Guadalajara (Pacprona) apuntan a que el animal, un galgo español inscrito con el nombre de Ketama, habría sido abandonado. Cuando el animal fue encontrad presentaba una extrema delgadez. De hecho, su muerte se produjo tras quedar atrapado entre varios enseres y no tener fuerzas para liberarse

Las investigaciones del Seprona les han llevado hasta un ciudadano de nacionalidad española, el responsable legal del cuidado del animal. Esta persona, según informa el Instituto Armado, habría utilizado otra identidad para de inscribir al animal en el registro correspondiente y en los diferentes trámites de cambio de titularidad. Las conductas de maltrato y abandono de animales domésticos están recogidas en los artículos 337 y 337 bis del Código Penal y llevan aparejadas penas de prisión de hasta 18 meses, además de la inhabilitación para el ejercicio de cualquier profesión que tenga relación con los animales y para la tenencia de los mismos.

Regulación de animales domésticos

Por otro lado, la tenencia de los animales domésticos esta regulada en las diferentes legislaciones de las Comunidades Autónomas, donde se específica todo lo referente a sus cuidados, higiene, documentación, vacunaciones así como la tipificación de las infracciones y sus sanciones.

La responsabilidad de tener una mascota Para garantizar el control y protección de los animales de compañía existen normas dictadas por la Administración Central, Autonómica y Local.

Los responsables de los animales son los dueños o los poseedores que por tanto, tienen la obligación de cumplir la normativa.

Los animales deben de estar censados en los ayuntamientos donde residen habitualmente desde los 3 meses de su nacimiento o desde su adquisición y deberán llevar de forma permanente su identificación censal, bien un chip o una chapa de identificación