Fiscalía y acusaciones elevan las penas de cárcel para el acusado de degollar a su mujer en Azuqueca

JUICIO AZUQUECA

Susana Palomo Gómez
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La Fiscalía de Guadalajara ha elevado a definitiva su petición de pena de 30 años de prisión para el vecino de Azuqueca de Henares (Guadalajara) acusado de matar a su mujer el 28 de diciembre de 2017, en el baño de la casa y con los tres hijos menores en la vivienda, por entender que la víctima "murió degollada" a manos de su marido y sin tener posibilidad de defenderse.

Muerte violenta, sin posibilidad para defenderse

En el quinto y último día del juicio contra el hombre acusado de la muerte de su esposa, con la que llevaba dos años casado, la Fiscalía ha justificado la petición de pena para el acusado entendiendo que este mató a su esposa de forma violenta y sin que ella pudiera hacer nada para defenderse ya que cuando se retomó una discusión previa ella se encontraba "desnuda en el baño" de la casa, todavía con el champú en la cabeza cuando él la atacó.

Ministerio Fiscal alude a un asesinato con alevosía con el agravante de parentesco tanto con ella como los menores, a lo que también ha causado daños psíquicos importantes.

Actuó plenamente consciente

Además, la Fiscalía ha entendido que el procesado, en prisión actualmente, actuó "plenamente consciente" de que los tres hijos estaban en la casa y "con total desprecio" a los daños psíquicos y secuelas que les iba a causar.

Las acusaciones elevan sus penas

Por su parte, la acusación particular también ha elevado a definitiva su petición de pena de 33 años en total para el acusado mientras que desde la Junta de Castilla-La Mancha, personada en la causa al haberse hecho cargo del menor de los tres hijos de la víctima, ha incrementado su petición de penas porque en el caso de los menores ha entendiendo que hubo también lesiones psíquicas importantes. De la misma forma, desde el Instituto de la Mujer también ha apreciado "ensañamiento" en este hecho.

Por su parte, la Defensa en vez de asesinato ha entendido que se trata de un homicidio imprudente, retirando el trastorno mental como condicionante de la conducta del acusado a la hora de cometer el crimen y sustituyéndolo por legítima defensa e impulsado por un "miedo insuperable".

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