¿Cómo se constituyen los Ayuntamientos?
El pleno de constitución de ayuntamientos y de la elección del alcalde o alcaldesa dura aproximadamente 2 horas y media. Según la normativa vigente, las corporaciones municipales se constituyen en sesión pública.
1.- Primero se constituye la Mesa de Edad como órgano de gobierno de carácter transitorio hasta que quede constituida la nueva corporación local. La Mesa está formada por los concejales de menor y mayor edad presentes en el acto.
Las funciones de la Mesa consisten en comprobar quiénes son los concejales electos y, finalmente, declara constituida la corporación siempre y cuando haya una mayoría absoluta estén presentes la mayoría absoluta de los concejales electos. Si no, el proceso se retrasa dos días.
2.- Los concejales electos juran o prometen su cargo y recogen los"atributos" (medalla) correspondientes a su condición de concejales.
¿Cómo se elige al alcalde?
3.- Una vez constituida la corporación, se procederá a la elección del alcalde. Los concejales votados por los ciudadanos eligen al alcalde mediante una única votación. Pueden ser candidatos todos los concejales que figuran como cabezas de lista en sus correspondientes candidaturas.
- Será elegido el alcalde que logre la mayoría absoluta de votos.
- Si ningún candidato consigue mayoría absoluta, será proclamará directamente alcalde el concejal que tenga el mayor número de votos.
- En el caso de empate, la ley establece que el alcalde sería elegido mediante un sorteo.
El aspirante elegido mediante este procedimiento será proclamado máximo responsable del pueblo o ciudad, y jurará o prometerá su cargo antes de recibir la vara de mando.
4.- El acto se cerrará con la intervención de los portavoces de los grupos municipales por un tiempo máximo de cinco minutos y por orden de menor a mayor representación.
Normativa
Un total de 1.572.859 castellano-manchegos votaron el pasado 26 de mayo en las elecciones municipales para elegir a los representantes que gobernarán en los ayuntamientos de sus municipios o ciudades, en principio, durante los próximos cuatro años.
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que la constitución de los nuevos ayuntamientos y la elección del alcalde debe realizarse 20 días después de los comicios municipales, salvo que en algún lugar esté en disputa y haya un recurso sobre los resultados.
Por tanto, este sábado 15 de junio se celebrarán los plenos para constituir los ayuntamientos de los 8.131 municipios que hay en España. En Castilla-La Mancha se constituyen un total de 919 ayuntamientos.