93.000 euros de ayudas a menores de edad huérfanos a causa de la violencia de género

Violencia Machista

Elena Garcia Fermosel
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El Gobierno regional publica este lunes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) la resolución del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha que recoge las ayudas para el próximo año 2022 destinadas a menores de edad en situación de orfandad a causa de la violencia de género y a familiares en situación de dependencia de las mujeres víctimas mortales como consecuencia de dicha violencia.

Tal y como se recoge en la resolución, recogida por Europa Press, el plazo de presentación de solicitudes para estas ayudas comenzará el día 3 de enero de 2022 y se mantendrá abierto todo el año hasta el 31 de diciembre de 2022.

[Consulta el decreto de las ayudas publicado en el Diario Oficial]

La dotación presupuestaria de estas ayudas asciende a 93.000 euros. De ellos, 78.000 euros, financiados con cargo a los fondos del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, se destinan a menores en situación de orfandad; mientras que los otros 15.000 euros están destinados a familiares en situación de dependencia de la mujer víctima mortal como consecuencia de la violencia de género.

Ayudas a huérfanos a causa de la violencia de género desde 2019

Estas ayudas fueron puestas en marcha por el Gobierno regional en el año 2019, mediante el Decreto 44/2019, que daba cumplimiento a una de las medidas más novedosas recogidas en la Ley para una Sociedad Libre de Violencia de Género y que convirtió a Castilla-La Mancha en una de las pocas comunidades autónomas que contempla este tipo de ayudas para proteger a menores y personas dependientes que han quedado en una situación de gran vulnerabilidad, ha informado la Junta en un comunicado.

¿Cómo presentar la solicitud?

Las solicitudes podrán presentarse, preferentemente, de manera telemática a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es); o también, mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En cuanto a las personas beneficiarias de la ayuda a menores de edad, serán las hijas e hijos menores en situación de orfandad por homicidio o asesinato de sus madres como consecuencia de la violencia de género, pudiendo solicitar la concesión o la renovación de la ayuda económica la persona que ejerza la representación legal o quien ostente la guarda de hecho de las hijas e hijos menores.

En este caso, se deben cumplir los requisitos de no haber cumplido los 18 años, que la persona solicitante y la beneficiaria de la ayuda tengan domicilio y residencia efectiva en Castilla-La Mancha, o que la última vecindad administrativa de la madre fuese en alguno de los municipios de la región, entre otros.

En cuanto a las ayudas a familiares en situación de dependencia, podrán beneficiarse las y los familiares en situación de dependencia que conviviesen en el mismo domicilio cuando la última vecindad administrativa de la víctima fuese en alguno de los municipios de Castilla-La Mancha. Podrá solicitar la ayuda económica la persona interesada o quien ostente la representación legal o la guarda de hecho del familiar en situación de dependencia.

[El servicio de atención y asesoramiento jurídico es el teléfono 016, gratuito, cualquier día del año a cualquier hora. También se pueden dirigir las consultar al correo 016-online@mscbs.es. La línea telefónica regional de atención permanente es el 900 100 114.]

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