Los taxistas ganan el pulso a Uber

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Elena Garcia Fermosel
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Los taxistas ganan el pulso a Uber. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha hablado y ha dictado sentencia: las autoridades nacionales pueden exigir licencia de taxi a la compañía estadounidense Uber, al considerar que se trata de una empresa de transporte y no de una plataforma digital para poner en contacto a conductores y viajeros.

La sentencia, ante la que no cabe recurso, responde a una cuestión prejudicial cursada por un juzgado de Barcelona a partir de una denuncia por presunta competencia desleal presentada en 2014 por la asociación catalana de taxistas Elite Taxi Barcelona contra esa plataforma estadounidense.

La máxima instancia administrativa de la UE considera que son los Estados miembros los que deben "regular las condiciones de prestación de estos servicios, siempre que se respeten las normas generales del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea".

La sentencia, que sienta jurisprudencia en el conjunto de la Unión Europea, permite a las autoridades nacionales exigir a Uber licencias por servicios de taxi si lo consideran oportuno, al entender que su actividad debe estar regulada por la normativa comunitaria relativa al transporte y no a los servicios digitales o de otra naturaleza.

#ÚLTIMAHORA | El Tribunal de Justicia de la UE ha decidido que la actividad de Uber debe regularse como una empresa de transporte, con regulación similar a la que tienen los taxistas.#taxienlucha @EliteTaxiMadrid @EliteTaxiEspana pic.twitter.com/puGgPA1kjQ

El colectivo de taxistas denunciante entiende que Uber Systems Spain incurre en prácticas de competencia desleal dado que ni la empresa ni sus conductores no profesionales de vehículos disponen de las licencias y autorizaciones previas previstas en el Reglamento Metropolitano del Taxi de Barcelona.

La empresa, por su parte, argumenta que no dispone de flota propia de vehículos ni de chóferes en plantilla, por lo que simplemente es una plataforma tecnológica para poner en contacto a usuarios y conductores.

Antecedentes de la denuncia

Para pronunciarse, el Juzgado Mercantil Número 3 de Barcelona preguntó a la corte de Luxemburgo si debía considerar a Uber como una empresa que ofrece servicios de transporte, como una dedicada a los servicios de la sociedad de la información o una combinación de ambas.

La Justicia europea subrayó que el servicio de Uber no se limita a un servicio de intermediación, pues la empresa "crea al mismo tiempo una oferta de servicios de transporte urbano, que hace accesible concretamente mediante herramientas informáticas y cuyo funcionamiento general organiza en favor de las personas que deseen recurrir a esta oferta para realizar un desplazamiento urbano".

El fallo de la corte de Luxemburgo se alinea con la opinión que ya había expresado el pasado mes de mayo el abogado general del TJUE Maciej Szpunar, cuyo análisis no es vinculante para los magistrados pero suele marcar el sentido de la decisión del tribunal.

El fallo del TJUE no resuelve el litigio y se limita a interpretar la normativa comunitaria para el juzgado nacional, que no obstante deberá resolver el caso "de conformidad con la decisión del Tribunal de Justicia".

Los taxistas, satisfechos

Los taxistas han solicitado que la Comunidad de Madrid y la Generalitat de Cataluña inspeccionen los servicios que Uber ha prestado en estas regiones desde 2014 para determinar si cuentan con autorización para realizar servicios de transporte.

Fedetaxi, principal patronal del gremio, calcula que en caso de que la compañía no contara con esta autorización, los gobiernos regionales deberían incoar expedientes sancionadores que podrían acarrear multas totales de hasta 5.000 millones de euros en función de los servicios prestados por la firma desde entonces.

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