El Supremo avala el registro al fiscal general, clave en la investigación del juez Hurtado

De este modo, la Corte Suprema respalda la investigación del juez Ángel Hurtado por presunta revelación de secretos.

30 de octubre de 2024, en Madrid. La Guardia Civil en la Fiscalía General del Estado por orden del juez que investiga al fiscal general, para registrar su despacho por un presunto delito de revelación de secretos. A. Pérez MecaEuropa Press

Redacción CMM
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El pasado 30 de octubre, la Guardia Civil realizó un registro de casi 10 horas en el despacho del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.

Ahora, el Tribunal Supremo avala esta medida, lo que supone un respaldo a la investigación del juez Ángel Hurtado por presunta revelación de secretos.

La Sala de Apelación ha respaldado tanto la decisión del juez de ordenar el registro en el despacho del fiscal general y en el de la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, como la incautación de los móviles y resto de material informático, sobre la que pivota buena parte de los indicios de la instrucción.

"No queda otra alternativa"Sala de Apelación del Tribunal Supremo

Y lo ha hecho porque considera que los registros eran el único medio posible, pues los dispositivos estaban en los despachos, y porque "no queda otra alternativa"; de lo contrario, concluir que no se puede registrar el despacho del fiscal general, conllevaría a "la renuncia" a la investigación y a la creación de un ámbito de impunidad.

"Necesidad, idoneidad y proporcionalidad"Sala de Apelación del Tribunal Supremo

Ni la Fiscalía General ni ninguna otra institución tienen una garantía de inmunidad, dicen los magistrados, que avalan la "necesidad, idoneidad y proporcionalidad" de la obtención de información para la causa, que gira en torno a la filtración de datos del caso por presunto fraude a Hacienda de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso.

El auto rechaza los recursos interpuestos por la Fiscalía y los dos fiscales investigados y abre la puerta para recurrir al Tribunal Constitucional.

La investigación era necesaria

Los magistrados admiten que en la Fiscalía hay múltiples expedientes cuya revelación podría afectar a la Administración de Justicia y a la intimidad de terceros y que, por ello, el juez debe estudiar de manera reforzada la proporcionalidad de la medida.

Algo que, consideran, realizó el magistrado Hurtado, a quien -recuerdan- la Sala de Admisión le ordenó emprender una investigación contra el fiscal general que "era necesaria".

Los magistrados coinciden con Hurtado en que la orden de registrar los despachos fue correcta: el delito investigado lo permite, la motivación fue suficiente y el juicio de proporcionalidad se ha cumplido. Quien instruye es el Supremo, a quien la ley le confiere esa actuación, inciden.

No cabe un ámbito de impunidad ni privilegio para aforados

La Sala de Apelación es clara al determinar que si el Tribunal Supremo es quien debe investigar a los aforados -en este caso los fiscales-, debe tener los medios e instrumentos necesarios para hacerlo.

No es razonable, apunta, atribuir a este órgano la facultad de investigar y, en su caso, sancionar posibles delitos que puedan cometer "representantes de tan altas instituciones" y después concluir que no pueden utilizar los instrumentos para investigar, "en la misma medida que concurrirían para los demás ciudadanos".

Si se afirmase algo así, se estaría instituyendo un "privilegio para los aforados" ajeno al Estado de derecho.

Un delito supuestamente cometido por medios telématicos

Para los magistrados, los indicios eran suficientes para investigar un delito "supuestamente cometido por medios telemáticos" (en relación a que la filtración se produjo de esta forma), de modo que debe ser investigado por esos propios medios: "Es la única manera de esclarecerlo".

"Excepcionalidad y necesidad"Sala de Apelación del Tribunal Supremo

En definitiva, consideran que la "excepcionalidad y necesidad" de las medidas fueron ponderadas por el juez a la hora de obtener y conservar información relacionada con los hechos. Datos cuya "volatilidad" puede derivar en "posibles 'pérdidas' (intencionadas o no) de información relevante, mediante su borrado o eliminación".

EFE