INCENDIOS
Limitaciones temporales para disminuir el riesgo de incendios en Castilla-La Mancha
Se trata de precauciones de aplicación inmediata y obligado cumplimiento con el fin de evitar la propagación de incendios.
Durante la temporada alta de incendios, y con el fin de evitar que estos se propaguen, conviene recordar las precauciones y limitaciones que están vigor desde el pasado 3 de junio. Son de aplicación inmediata, temporales y obligado cumplimiento hasta nuevo aviso, con el fin de disminuir el riesgo de incendios en Castilla-La Mancha.
Limitaciones de obligado cumplimiento
De esta forma, está prohibido encender cualquier tipo de fuego en un espacio natural abierto. Por consiguiente, está prohibido encender fuegos en zonas recreativas, áreas de descanso y acampada, incluyendo las barbacoas. Aunque existan zonas habilitadas para ello, estas no se podrán realizar en todo en verano.
Tampoco se puede utilizar material pirotécnico, como cohetes o petardos, y hay que prestar especial atención a los objetos que son inflamables y pueden provocar las llamas, como los cristales o las colillas.
Además, se suspenden de forma temporal, en tanto se mantenga un riesgo alto o extremo de incendio, las autorizaciones concedidas de quema de rastrojos, de pastos permanentes y de restos de poda. También se prohíbe la utilización de maquinaria y equipos en montes y en áreas rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor de aquellos cuyo funcionamiento genere deflagración, chispas o descargas eléctricas.
Las limitaciones y prohibiciones se mantendrán durante todo el verano, en tanto el IPP de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha sea muy alto o extremo, aunque no se aplicarán en terrenos urbanos.
Existen, además, una serie de condiciones de obligado cumplimiento y recomendaciones adicionales para las actividades forestales, agrícolas, apícolas y para el uso de maquinaria y equipos que puedan generar deflagración o chispas.