JUSTICIA EUROPEA

La Justicia de la UE recomienda a España hacer fijos a los interinos

Consideran que el Derecho español no disuade a las Administraciones Públicas del abuso de la contratación temporal

Una vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Foto de ARCHIVO) 08/5/2020Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Redacción CMM
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) considera que el Derecho español no disuade a las Administraciones Públicas del abuso de la contratación temporal. Esto puede llevar a condiciones precarias para los trabajadores "durante años". 

Además, apunta que, ante "la falta de medidas adecuadas" en la legislación española para prevenir y sancionar los abusos de contratos temporales, incluidos lo indefinidos no fijos, "la conversión de estos contratos temporales en contratos fijos", es la solución. De este modo, el TUE insta a España a hacer fijos a los interinos de larga duración.

La Justicia española es la encargada de modificar la jurisprudencia nacional, en el caso de que sea incompatible con la legislación europea, en este caso en lo relacionado con el Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, apuntan desde la Justicia europea. 

Declaración a raíz de una petición del TSJM

Esta declaración surge a raíz de una petición del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). El TSJM pidió al TUE una interpretación del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada en el caso de tres trabajadores de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y la Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid.

Dichos trabajadores estuvieron durante muchos años con contratos temporales sucesivos, por lo que el TSJM pide al TUE que interprete el acuerdo marco en relación a la eficacia de las medidas destinadas a evitar el abuso de los contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público.

Asimismo, el TUE entiende que la convocatoria de los procedimientos de consolidación prevista en el Derecho español "no resulta adecuada para sancionar debidamente la utilización abusiva" de relaciones laborales temporales.