Así te afectará la nueva Ley de Tráfico: estos son los puntos que podrías perder

Mejora en la A-495.
JUNTA DE ANDALUCÍA.
17/11/2021

Huelva.- La Junta invierte unos 80.000 euros en mejoras en la carretera A-495 entre Gibraleón y Rosal de la Frontera

Daniel Urda Banegas
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El Congreso de los Diputados aprobará hoy de forma definitiva la nueva ley de tráfico, con la que se pretenderá alcanzar el objetivo de los cero fallecidos en accidentes para 2050. Este nuevo texto cambiará algunos puntos destacados sobre la conducción en nuestro país e introduce nuevas multas más restrictivas.

Por ejemplo, se sancionará el uso del móvil sujetándolo con la mano mientras se conduce o el mal uso del casco, el cinturón de seguridad y los sistemas de retención infantil, entre otros.

Infracciones y sus correspondientes sanciones

Superar el límite de velocidad en 20 km/h para adelantar

Se eliminará la posibilidad de superar en 20 kilómetros por hora la velocidad permitida en adelantamientos en vías convencionales. Este ha sido uno de los puntos más polémicos en la tramitación de la nueva ley de tráfico.

Conducir con el móvil en la mano: seis puntos

Si conduces el coche con el móvil en la mano, aunque no lo estés usando, perderás seis puntos del carnet y tendrás que hacer frente a una multa de 200 euros. Por tanto, queda terminantemente prohibido el "uso de navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares". Se pretende así evitar que el conductor utilice el teléfono móvil mientras conduce, a no ser que el dispositivo esté conectado al vehículo y se puede usar en manos libres.

El uso de detectores de radares: tres puntos

Si que se permitirá el uso de aplicaciones como la de Google Maps, que avisa de la existencia de radares o cinemómetros fijos. Salvo esa excepción, "Conducir vehículos que lleven mecanismos de detección de radares o cinemómetros" se multará con una sanción de 500 euros y la pérdida de tres puntos del carnet. Al igual que sucedía con el teléfono móvil, no será necesario que el dispositivo esté en uso para poder ser sancionado.

Mal uso de patinetes eléctricos: 200 euros

Los patinetes eléctricos por fin tendrán una legislación completa a nivel nacional. Una primera medida: la obligación de usar el casco en su conducción. Tampoco podrán circular por las aceras, para no poner en peligro la seguridad de los peatones. La sanción ante el incumplimiento de esto último sería de 200 euros.

Por otro lado, los menores de edad que hagan uso de Vehículos de Movilidad  Personal (VMP) no podrán dar ni una sola gota de alcohol (Tasa 0,0 ) cuando circulen por la vía pública.

Mal uso del cinturón: cuatro puntos

La ley dispone que "No hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección" llevará a una pérdida de hasta cuatro puntos del carnet de conducción.

Arrojar colillas a la vía pública: cuatro puntos

Podrías perder hasta un máximo de cuatro puntos por "Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación".

Mal adelantamiento de los ciclistas: cuatro puntos

La forma correcta de hacerlo será dejar un margen de 1,5 metros de distancia, pasarse al siguiente carril (siempre que la vía tenga dos o más carriles por sentido). La sanción a la que podrías enfrentarte en caso de no cumplirlo sería una pérdida de 4 puntos del carnet y una multa de 200 euros.

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