Abren los comercios sin cita previa y con rebajas y se permiten los velatorios y el culto en toda España
Comercios abiertos con limitación de aforo, mercadillos al aire libre con distanciamiento entre puestos, velatorios para un número limitado de familiares en instalaciones públicas y privadas (10 familiares en espacios cerrados y 15 al aire libre) y lugares de culto podrían abrir sus puertas a un tercio de su capacidad, son algunas de las medidas de "alivio" de la que ya pueden disfrutar todos los territorios, también aquellos que no haya pasado de fase como la comunidad de Madrid, el área metropolitana de Barcelona y diversas áreas sanitarias de Castilla y León.
Se encuentran en #Fase0:
Solo podrán abrir todos los locales comerciales siempre que tengan una superficie inferior a 400 metros cuadrados o acoten esa zona a dichos metros cuadrados. Esta última era una de las grandes reclamaciones de cadenas como Inditex, Mango o H&M, ya que veían muy limitada la posibilidad de abrir sus tiendas al contar todas con grandes superficies.
También se da vía libre a la apertura de bibliotecas para el préstamo de libros, los museos a un tercio de su aforo, las oficinas de servicios sociales o los centros educativos para realizar labores de desinfección y administración. Además, se podrán realizar simposios de hasta 30 personas y se podrán reabrir las instalaciones deportivas para uso individual de los deportistas profesionales.
Sin embargo, los gimnasios continuarían sin poder abrir sus puertas. Ni tampoco las terrazas de establecimientos hosteleros. No se podrán hacer desplazamientos entre municipios de la misma provincia por causas no justificadas, ni podrán reunirse grupos de diez personas.
Rebajas permitidas
Asimismo, se modifica la decisión de la orden del 9 de mayo por la que las tiendas físicas no podían hacer rebajas para evitar posibles aglomeraciones, de forma que finalmente sí se podrán realizar. Eso sí, Sanidad ha señalado que en el caso de producirse una gran afluencia de personas, deberá procederse al cese inmediato de las promociones "si fuera necesario".
En los comercios que abran desde este lunes deberá mantenerse la distancia de seguridad de dos metros, se permitirá un número muy reducido de clientes dentro del local al mismo tiempo y habrá un horario prioritario para mayores de 65 años. Además, se podrán establecer sistemas de recogida en el establecimiento.
¿Y la fase 1? ¿Qué novedades incluye?
- Comercio.
La orden permite a los establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios abrir aunque superen una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados, con la condición de que acoten a ese tope máximo el espacio que reabre al público.
- Caza y pesca deportiva.
Se permite la caza y la pesca deportiva y recreativa.
Fase 2 para varias islas: ¿Qué implica?
Parques comerciales ya han abierto a las cuatro islas que acceden a la fase 2: Formentera, en Baleares, y La Graciosa, La Gomera y El Hierro, en Canarias. Los establecimientos y locales deberán establecer sistemas que permitan el recuento y control del aforo, que deberá incluir a los propios trabajadores.
- Empleo y concentración de personas.
La orden sigue recomendando el teletrabajo e incorpora medidas que buscan garantizar la protección de los trabajadores, así como para evitar la concentración de personas en determinados momentos en el nuevo escenario proporcionado por esta fase 2.
- Libertad de movimientos y contacto social.
Permite a la comunidades autónomas autorizar las visitas de un familiar a viviendas tuteladas y a centros residenciales de personas con discapacidad siempre que no tengan casos de covid-19 confirmados o haya residentes en cuarentena. Deberán concertar cita previa y podrá acudir un máximo de una persona por residente.
Se flexibilizan medidas que afectan a la circulación, asistencia a velatorios -máximo de 25 personas al aire libre y 15 en espacios cerrados-, entierros y lugares de culto -50 % del aforo-, y se permite la celebración de bodas para un tope de 100 asistentes al aire libre y la mitad en cerrados.
- Comercio.
En lo que respecta a comercio minorista y de prestación de servicios, se podrá proceder a la reapertura al público de centros y parques comerciales, los negocios de restauración, salvo discotecas y bares de ocio nocturno, podrán abrir nuevamente al público para consumo en el local. El aforo total del comercio minorista será del 40% y deberán garantizar un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
Los centros comerciales tendrán aforo total del 30 % -dentro de cada local de los centros comerciales es del 40 %- y no se permite el uso de zonas recreativas o áreas de descanso comunes.
La orden amplía el número de puestos que pueden operar en mercados al aire libre a un tercio de los puestos habituales o autorizados y limita la afluencia de clientes para asegurar el mantenimiento de la distancia social de dos metros.
- Hoteles y alojamientos turísticos.
Podrá procederse a la reapertura al público de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos, la de establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, pero siempre con el límite de un tercio de su aforo y bajo medidas de seguridad.
Cada establecimiento deberá determinar los aforos de los distintos espacios comunes, así como aquellos lugares en los que se podrán realizar eventos y las condiciones más seguras. Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de veinte personas.
- Hostelería.
Pueden reabrir al público para consumir dentro del local los establecimientos de hostelería y restauración, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, con un límite de aforo del 40 %.
El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesa, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente. Las condiciones de las terrazas siguen siendo las mismas que las fijadas en la orden de 9 de mayo.
- Cultura.
Los cines, teatros, auditorios y espacios similares pueden reanudar su actividad con butacas preasignadas y un tope de un tercio de su aforo y un máximo de cincuenta personas. Se recomienda la venta on line de entradas, y se permite la prestación de servicios complementarios, tales como tienda, cafetería o similares.
En el caso de actividades al aire libre, el público deberá permanecer sentado, guardando la distancia necesaria y no podrá superarse un tercio del aforo original ni reunir más de cuatrocientas personas.
La orden expone además las condiciones de salas de exposiciones, centros de exhibición, monumentos y otros equipamientos culturales. El aforo es un tercio del autorizado en condiciones normales y deben establecer condiciones para evitar aglomeraciones. La orden incorpora medidas específicas para los trabajos asociados al montaje y desmontaje de exposiciones temporales.
Las bibliotecas podrán acoger actividades de consulta en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado.
- Deporte.
Se permite practicar deportes a cualquier hora a las personas de hasta 70 años, excepto los tramos horarios las determinadas para los paseos de personas mayores. Se disponen los criterios y condiciones para el entrenamiento en ligas no profesionales y para la reanudación de las ligas profesionales y la reapertura de las instalaciones deportivas cubiertas y de las piscinas para uso deportivo, por turnos horarios y con cita previa.
Se amplían a veinte personas los grupos que pueden realizar actividades de turismo activo y de naturaleza, además de permitirse la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias sin que se supere la cifra de cincuenta asistentes.
La orden decide que será el Consejo Superior de Deportes quien decidirá el número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones en los que la competición profesional tenga lugar "por ser necesarias para el adecuado desarrollo de la misma".
- Piscinas recreativas y playas.
Se establecen, asimismo, las condiciones para la apertura al público de las piscinas recreativas, que tendrán un aforo máximo del 30 % de capacidad de la instalación y cita previa.
También las del tránsito y permanencia en las playas, donde se permiten actividades deportivas, profesionales o de recreo siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, con una distancia mínima de dos metros entre los participantes.
- Congresos.
Se permite la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias en pabellones de congresos, salas conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones similares. El tope es de 50 asistentes y se insta a promover la participación no presencial.
- Investigación.
Las orden establece las condiciones y el aforo máximo para la vuelta a la actividad de las residencias de personal investigador, científico y técnico.