25N: CSIF alerta de la escasa utilización de las excedencias bonificadas por violencia de género
Centenares de mujeres víctimas de violencia de género dejaron su trabajo en 2018 sin alternativa, pese a que la ley bonifica a las empresas sus excedencias.
CSIF lamenta el bloqueo institucional, la falta de recursos y la ruptura del consenso político sobre la violencia de género, porque pese a que las condenas por violencia de género han alcanzado un máximo histórico en 2018, en concreto, el 70,45 por ciento de las sentencias con cerca de 35.000 condenas. En este mismo periodo, se contabilizaron tan sólo 315 contratos bonificados para sustituir a estas mujeres maltratadas.
Bonificaciones a empresas que den excedencias a mujeres maltratadas
Un estudio realizado por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) pretende reflexionar sobre la escasa utilización de un recurso del que dispone el Estado para ayudar a las empresas a que presten apoyo a las mujeres víctimas de violencia de género
Víctimas de violencia de género a efectos de bonificaciones al empleo
Para ser considerada víctima de violencia de género a efectos legales y de bonificaciones al empleo, la mujer debe acreditarlo mediante:Sentencia por la que se condene al agresor; Orden de protección dictada por el/la juez a su favor (incluyendo las medidas cautelares) y excepcionalmente, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la mujer es víctima de violencia de género hasta tanto se dicte la orden de protección. De acuerdo a la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (BOE de 23 de julio), visibiliza la violencia
ejercida sobre los hijos de las mujeres víctimas de violencia de género, mejorando su
atención y protección al incluirlos también en el mismo colectivo sujeto a bonificaciones al empleo.
Bonificaciones/Reducciones a la contratación laboral de febrero de 2016
Una bonificación del 100%
Las empresas que formalicen contratos de interinidad para sustituir a estas trabajadoras maltratadas que hayan suspendido su contrato de trabajo o ejercitado su derecho a la movilidad geográfica o al cambio de centro de trabajo tendrán derecho a una bonificación del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, durante todo el período de suspensión de la trabajadora sustituida o durante seis meses en los supuestos de movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo. Cuando se produzca la reincorporación, ésta se realizará en las mismas condiciones existentes en el momento de la suspensión del contrato de trabajo.
Trabajadoras, víctimas de violencia de género
Pese a que las cifras de sustituciones en empresas no son comparables a las cifras de mujeres violencia de género en nuestro país, los datos evidencian que cada día una mujer se acoge a una excedencia o reduce su jornada, a causa de la violencia de género.
Entre otras medidas CSIF propone diseñar una estrategia para detectar en el ámbito laboral posibles víctimas de violencia de género, con el desarrollo de la figura del delegado/a sindical especializada en Igualdad.