Villanueva de la Torre (Guadalajara), con medidas nivel 3 reforzado

Villanueva de la Torre

Elena Garcia Fermosel
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Sanidad decreta medidas especiales de nivel 3 reforzado en Villanueva de la Torre (Guadalajara) debido la incidencia de la Covid-19

Durante la semana epidemiológica número 12, que va del 22 al 28 de marzo de 2021, en Villanueva de la Torre se declararon al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha ocho casos de Covid-19, con una tasa de incidencia semanal de 120,64 casos por 100.000 habitantes.

En la semana epidemiológica 13, que va del 29 de marzo al 4 de abril de 2021, se han declarado en este municipio 19 casos de Covid-19, con una tasa de incidencia semanal de 286,5 casos por 100.000 habitantes.

Por tanto, a lo largo de las semanas epidemiológicas 12 y 13 se han notificado en Villanueva de la Torre un total de 27 casos de Covid-19, lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 407,2 casos por 100.000 habitantes.

La razón de tasas entre ambas semanas es de 2,11, que indica una tendencia ascendente en un escenario de elevada incidencia.

Con estos indicadores se observa que Villanueva de la Torre cumple con los criterios establecidos para asignar al municipio un nivel de riesgo muy alto, lo que hace preciso adoptar medidas de nivel 3 reforzado, complementarias a las que aplica la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha con carácter general en todos los municipios de la región.

Dichas medidas estarán en vigor desde este jueves y hasta el 17 de abril inclusive, pudiendo prorrogarse en función de cómo evolucione la situación epidemiológica en el municipio.

Medidas de nivel 3 reforzadas

[Consulta todas las medidas que implican este nivel 3 reforzado]

Las medidas de ‘nivel III reforzado’ implican el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.

Asimismo, se procede al cierre de bares, restaurantes, cafeterías y otros establecimientos similares.

Respecto a centros sociosanitarios, se suspende de forma cautelar la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores.

Quedan suspendidas las visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios. La entrada a estos centros por parte de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario. No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores.

Se establece un máximo de seis personas en los velatorios y comitivas fúnebres.

Se restringe el número de personas en eventos tales como bodas y bautizos: se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante fijación del 40 por ciento de aforo.

Suspensión de todo tipo de actividades culturales y de ocio tales como cines, teatros, conferencias, espectáculos taurinos, deportivos (a excepción de la actividad deportiva federada) y otros que supongan la participación o presencia de más de seis personas.

Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse limitando la presencia de público a un aforo del 20 por ciento en espacios cerrados y al 50  por ciento en espacios abiertos, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. En ningún caso se podrá autorizar el traslado de estos eventos a otras localidades que se encuentren en un nivel inferior de medidas de restricción. Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de seis personas.

Se procede al cierre de gimnasios, saunas y otros recintos de práctica del deporte y la educación física, tanto en espacio abierto como cerrado (únicamente se podrá permitir su apertura para competiciones federadas en los términos establecidos).

Mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados al 50 por ciento del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos cuatro metros.

Cierre cautelar de parques, jardines y espacios públicos de características similares durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas. Durante su apertura se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual adecuadas.

Cierre de centros comerciales, superficies y establecimientos comerciales que presenten una superficie útil de exposición y venta igual o superior a 300 metros cuadrados. Se exceptúan de esta medida los establecimientos o áreas situadas en dichos centros dedicados a la venta de productos de alimentación, higiene y otros productos considerados esenciales, y únicamente para la venta de dichos productos.

En las tiendas y demás establecimientos comerciales se extremarán las medidas higiénico-sanitarias. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarán su aforo a un tercio del aforo máximo.

Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.

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