TRIBUNALES
El Tribunal Supremo rechaza que el atropello "por imprudencia" de un trabajador sea un accidente laboral
El trabajador sufrió un atropello al cruzar una carretera para llegar al coche de empresa por un sitio no habilitado y donde no había iluminación directa
El Tribunal Supremo ha rechazado en una sentencia que el atropello de un trabajador de una empresa en Castilla-La Mancha causado por su propia imprudencia sea un accidente laboral.
Una decisión judicial comunicada el pasado 4 de julio tras el recurso de FREMAP por un caso ocurrido en la región en 2016.
En contra de lo fallado por el Tribunal Superior de la región, ahora el Supremo ha rechazado que el atropello por imprudencia del trabajador sea considerado un accidente laboral.
Una decisión que no comparten del todo los sindicatos como ha explicado en Radio Castilla-La Mancha, Javier Flores, responsable regional de Salud Laboral de UGT.
Flores apunta a la importancia de que el Supremo ahonde en cuáles son las circunstancias para determinar si se trata de una imprudencia temeraria o la profesional.
La sentencia del TSJCM se remonta a septiembre de 2020, aunque el atropello ocurrió cuatro años antes.
El trabajador cruzó una carretera de cuatro carriles para llegar al coche de empresa por un lugar no habilitado y sin iluminación directa.
Sufrió una fractura de tobillo que provocó una incapacidad permanente, FREMAP rechazó que fuera accidente laboral alegando imprudencia temeraria.
El atestado de la Guardia Civil indica que el afectado y tres de sus compañeros cruzaron "de forma antirreglamentaria, portando grandes bultos y sin prendas de alta visibilidad", al tiempo que se produjo un despiste del conductor.
Ahora el Supremo falla que el trabajador asumió un riesgo innecesario despreciando las normas de prudencia, se unifica doctrina y sentencia que no es accidente laboral. Esta es la crónica de David Revenga para Radio Castilla-La Mancha