TRIBUNALES

Declarado culpable de asesinato el acusado de matar a otro en una pelea en La Pueblanueva (Toledo)

Edificio de la Audiencia Provincial de Toledoarchivo

Redacción CMM
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El jurado popular ha declarado culpable de asesinato, por unanimidad de sus nueve miembros, al acusado de haber matado a otro hombre durante una pelea en el municipio toledano de La Pueblanueva en 2021, y ha rechazado que fuera homicidio como sostenía la defensa.

Las tres mujeres y seis hombres que han conformado el jurado popular han considerado probado, por unanimidad, que el acusado acordó verse con la víctima en el parque conocido como 'Las Caños' de La Pueblanueva para tratar diversos problemas relacionados con la venta de drogas en la que participaban ambos.

Asimismo, que la víctima llegó al lugar, se acercó a la mesa donde estaba el procesado y comenzó una discusión, en medio de la cual el acusado lanzó un puñetazo en el rostro contra la víctima, que huyó mientras gritaba "ahora sí que la has cagado".

También de forma unánime el jurado cree probado que el acusado alcanzó a la víctima en un camino de tierra, donde forcejeó con él, y que el hermano menor del primero se acercó y se unió al forcejeo; y durante el enfrenamiento el acusado cogió una botella de litro de cerveza y le propinó un fuerte golpe en la cara, rompiéndose el vidrio a consecuencia de dicho golpe.

Hay alevosía pero no ensañamiento, según el jurado

Este golpe, ha considerado el jurado, le produjo a la víctima la pérdida de conciencia o disminución de la misma, lo que le impidió poder defenderse y, por tanto, hay alevosía en el hecho.

En este sentido, y con la misma unanimidad, el jurado ha desechado la afirmación sostenida por la defensa sobre que el golpe con la botella y el corte en el cuello fueron acciones tan inmediatamente sucesivas que no podía saber si tenía disminuido el nivel de conciencia.

De igual forma, se han mostrado disconformes con que la muerte fue a consecuencia del golpe en la cabeza y la causa el traumatismo craneoencefálico, y han creído que falleció por muerte violenta a consecuencia de los dos cortes en su cuello y la causa fue que se ahogó con su propia sangre.

Sin embargo, el jurado no ha cosechado unanimidad en relación a si el acusado aumentó de forma deliberada el dolor y sufrimiento de la víctima causándole una larga agonía, pero ha votado en contra, por mayoría (8-1), de que hubiera ensañamiento.

Atenuantes

De esta manera, el jurado popular ha aceptado que hubo alevosía pero no ensañamiento, las dos agravantes propuestas por el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares, y en el caso de las atenuantes sí ha apreciado la de confesión, también por unanimidad, por la llamada realizada a la Guardia Civil la noche de los hechos y en una carta posterior que envió a la familia de la víctima.

En cambio, no ha apreciado la atenuante de reparación parcial del daño, aunque entregó 30.000 euros para hacer frente a la futura indemnización, ni tampoco la de dilación indebida.

Además, el jurado no ve al acusado merecedor de la suspensión de la ejecución de la pena ni del indulto.

Una vez disuelto el jurado, la fiscal ha mantenido su petición de 14 años de cárcel para el recién declarado culpable de asesinato, por tener en cuenta las atenuantes de confesión y reparación parcial del daño.

El letrado que representa a la madre de la víctima ha insistido, por su parte, en pedir 25 años de prisión por considerar que hubo tanto alevosía como ensañamiento, y el abogado del padre de la víctima se ha adherido a lo manifestado y mantiene su petición de 23 años de cárcel para el culpable.

De su lado, la defensa ha avanzado que recurrirá la sentencia porque cree que se deben apreciar las tres atenuantes solicitadas, que podrían rebajar la pena hasta los siete años y medio. 

EFE