TRIBUNALES

El Supremo confirma la sentencia por malversación al exdirector de RTVCM Nacho Villa

Deberá devolver más de 68.000 euros en gastos sin justificar cargados en dos tarjetas Visa del ente público

Nacho Villa
EUROPA PRESS
(Foto de ARCHIVO)
05/6/2012

Nacho Villa EUROPA PRESS (Foto de ARCHIVO) 05/6/2012EUROPA PRESS

Susana Palomo Gómez
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El Tribunal Supremo ha convertido en firme la sentencia del Tribunal de Cuentas que condenó por malversación al exdirector de la radio televisión pública de Castilla-La Mancha a devolver más de 68.000 euros en gastos sin justificar cargados en dos tarjetas Visa del Ente público.

La providencia dictada por el Alto Tribunal acuerda la inadmisión a trámite de los recursos que presentaron tanto Ignacio Villa como Ramón Villarverde, exdirectivo de esta casa en su etapa. Argumentaron el incumplimiento de los requisitos marcados por la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Por tanto, el Supremo hace firme la sentencia del Tribunal de Cuentas que condenó a Villa a otros ex directivos por haber cargado en dos Visas Oro del Ente pagos en supermercados, perfumerías, joyerías, bricolaje y decoración, además de noches de ocio personal en el Parador de Toledo.

 Tras su salida del cargo, en el año 2015, el gobierno de Emiliano García-Page encargó una auditoría sobre su gestión al frente del Ente público. 

Después el Tribunal de Cuentas condenó al periodista por malversación al encontrar irregularidades en la gestión de los fondos públicos

Quedó acreditado que Villa se gastó 43.000 euros en restaurantes de Toledo, que extrajo 2.706 euros en varios cajeros, utilizando dichas tarjetas sin justificar posteriormente el uso que dio a ese dinero. Tras ser nombrado por Cospedal como director general del Ente público, se alojó en el Parador de Toledo hasta que encontrara residencia en la capital regional cargando en este sentido un monto total de 3.892 euros. 

Hay otro conjunto de gastos sin justificar por valor de más de 18.400 euros. En total 68.172 euros que Villa y los exdirectivos condenados tendrán que devolver. El Supremo aclara que no hay posibilidad de recurso y les condena a pagar las costas del proceso.

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