Una nueva sentencia del Supremo anula parte del Plan del Tajo y del Segura

Elena Labrado Calera
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Una sentencia del Supremo, la cuarta ya, elimina parte del Plan Hidrológico del Tajo, pero además y a diferencia de sus predecesoras, también anula el artículo del Plan del Segura relativo al uso de aguas subterráneas.

El Tribunal Supremo ha dado la razón al gobierno de Castilla-La Mancha en su defensa del agua al admitir parcialmente su recurso presentado contra el Real Decreto del 8 de enero de 2016.

Con esta ya son cuatro las sentencias del Alto Tribunal que anulan parcialmente el Plan del Tajo por no fijar caudales ecológicos en zonas del río, entre ellas, las que discurren por Toledo, Talavera de la Reina y Aranjuez (Madrid). Una demanda que ya recogieron los recursos presentados,  primero, por plataformas y colectivos medioambientales, y después, por los ayuntamientos de Toledo y de Talavera de la Reina (Toledo).

Una defensa del agua de las cuencas del Tajo y del Segura

El ejecutivo de Castilla-La Mancha incluía en su recurso ante el Supremo no sólo la anulación de parte del  plan de cuenca del Tajo, también del Júcar, Guadiana y Segura. Sobre este último el TS ha anulado el artículo 40 que establece la obligación de solicitar una autorización adicional para aprovechamientos de aguas subterráneas cuyo volumen anual no sobrepase los 7.000 metros cúbicos anuales, con independencia de que la masa de agua esté sobreexplotada o no lo esté.

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