Medidas especiales en Azuqueca de Henares y Mondéjar (Guadalajara)

coronavirus sanitario

Redacción CMM
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La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Guadalajara, ha emitido una resolución para la adopción de medidas especiales que tienen como fin la contención de la expansión de la Covid-19 en el municipio de Mondéjar.

La tasa de incidencia acumulada de las dos últimas semanas (por encima de 400 casos por 100.000 habitantes en cada una de ellas) y el elevado número de casos registrados en esas semanas (34 casos), se sitúan claramente por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha, según ha informado la Junta en nota de prensa.

Además, la Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Guadalajara, ha decretado medidas especiales en la localidad de Azuqueca de Henares. En las semanas epidemiológicas 36 y 37 se han declarado en el municipio de Azuqueca de Henares un total de 150 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 428.46 casos por cada 100.000 habitantes, según ha informado la Junta en nota de prensa.

Las medidas complementarias propuestas deberán adoptarse de manera inmediata durante al menos 14 días.

Medidas en Mondéjar

Todo ello, junto con la intensa relación socio-laboral con la Comunidad de Madrid, indican que el municipio de Modéjar se encuentra en un escenario de riesgo, lo que exige la adopción de medidas complementarias a las generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional, y así tratar de minimizar la ya existente transmisión comunitaria en el municipio y en localidades del entorno y con los que mantiene estrecha relación, como la zona del Corredor del Henares.

Las medidas se basan en el mantenimiento de distancia interpersonal evitando aglomeraciones y también evitar prácticas de riesgo por ignorar medidas básicas de higiene, protección de las poblaciones vulnerables y promoción del control y educación sanitaria.

Entre las medidas a adoptar destaca el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.

Asimismo, queda suprimido el servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad, limitándose el aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad al 50 por ciento del máximo establecido previamente. En el caso de las terrazas de bares y restaurantes, también reducirán su aforo al 75 por ciento del máximo establecido previamente y deberán cumplir todas las medidas establecidas en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

En el caso de los centros sociosanitarios, se suprimirán las visitas en residencias de mayores, viviendas tuteladas de mayores y otros centros sociosanitarios donde residan personas consideradas vulnerables, limitándose la entrada de personas ajenas a dichos centros a lo estrictamente necesario. Asimismo, se procede a la suspensión cautelar de la actividad en centros de día y Servicios de Estancias Diurnas.

No se permitirá la salida de residentes salvo por razones de fuerza mayor, como asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público, y siempre extremando las medidas de protección durante la salida y las medidas de higiene a su regreso.

Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días. Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado la COVID-19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no precisarán de dicho aislamiento preventivo.

A los trabajadores de residencias de ancianos y viviendas tuteladas que se reincorporen tras su periodo vacacional se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.

Respecto a las actividades religiosas de ámbito social, todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal. Asimismo, el número de personas en velatorios y cortejos fúnebres se limita a un máximo de 10, mientras que el número de personas en eventos sociales como bodas, bautizos y comuniones se limitará a un máximo de 25.

Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol en la vía pública, y en caso de incumplimiento se aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes. El Ayuntamiento de Mondéjar aumentará la vigilancia para detectar y sancionar dichos comportamientos.

Como medidas complementarias, se suspenden las actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos u otros eventos que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.

Se suprime, del mismo modo, la actividad de las escuelas municipales y se suspenden eventos deportivos y culturales promovidos por el Ayuntamiento, asociaciones, peñas o particulares. Se procede, igualmente, al cierre cautelar de locales como cines, teatros y auditorios, así como bibliotecas y museos.

Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

Azuqueca de Henares, medidas especiales

Las actuaciones sobre locales de ocio incluyen el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales y la supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente.

Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

Respecto a los centros socio-sanitarios, se determina la suspensión cautelar de la actividad en los centros de día, supresión de visitas sociales en residencias de mayores, viviendas tuteladas de mayores y centros sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. la entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.

No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta. Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días. Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado la COVID-19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no precisarán de dicho aislamiento preventivo.

A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.

Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal. De igual manera, se restringe el número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y el número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25).

También se suspenden las actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos u otros eventos que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.

Asimismo se procede a la suspensión de la actividad de las escuelas municipales y de eventos deportivos y culturales promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares.

Del mismo modo, se decreta cierre cautelar de cines, teatros y auditorios, bibliotecas y museos. Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%. La resolución también conlleva el cierre de la piscina municipal y otras instalaciones recreativas de este tipo de uso público independientemente de su titularidad.

Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25% de su capacidad

Igualmente se procede a la suspensión de espectáculos deportivos con asistencia de público, supresión de espectáculos taurinos y a la suspensión de mercadillos y mercados al aire libre. Se exceptúan aquellos casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad, limitando en ese caso su apertura a los puestos dedicados a la comercialización de este tipo de productos. Se procede, asimismo, al cierre cautelar de parques y jardines

Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

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