Luz verde de las Cortes regionales a la Ley 'Antiokupación', con la abstención del PP

Elena Garcia Fermosel
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Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado este jueves la proposición de ley conocida como Ley 'Antiokupación' y así elevar al Gobierno de España un proyecto de Ley de medidas integrales para la protección del patrimonio inmobiliario, la seguridad ciudadana y la convivencia vecinal y contra la ocupación ilegal de viviendas. La norma ha salido adelante con los votos de PSOE y Ciudadanos, y la abstención del PP. Los tres grupos parlamentarios han expresado la necesidad de que exista una normativa en esta materia.

Nacho Hernando: "Tolerancia cero a la ocupación ilegal"

El consejero de Fomento, Nacho Hernando, ha subrayado que la normativa ofrece "más penas, más agilidad en el proceso, más eficacia, más margen de maniobra para las administraciones y, en definitiva, más justicia", porque ha coincidido con el resto de partidos en que "no puede haber un planteamiento en el que dé la sensación de que el 'okupa' tiene más cobertura legal que la víctima".

En todo caso, ha incidido en que "entre todos" deben sumar, algo que a su modo de ver no ha ocurrido a nivel nacional y por eso en el Congreso de los Diputados no se ha alcanzado un acuerdo a este respecto, porque cuando se trata de problemas "transversales", según Hernando, la única forma de abordarlos es "unidos" y no lanzándose el problema unos a otros.

Ley de Medidas Integrales para la convivencia y contra la ocupación ilegal de viviendas

Entre los cambios que registra esta ley se encuentra el de considerar la usurpación de inmuebles un delito grave proponiendo un endurecimiento de las penas hasta tres años -en caso de uso de la violencia o intimidación- y prisión o multa de hasta doce meses -en caso de ocupación pacífica no consentida-, así como el aumento del tiempo de prescripción del delito de uno a cinco años, ya que el actual plazo de prescripción de un año acarrea en múltiples ocasiones que el delito quede sin castigo, por haber prescrito. Asimismo, se encomienda a los tribunales un plazo de 48 horas para que se desaloje al ocupa ilegal.

La iniciativa legislativa contempla un aumento de los agravantes con sanciones a la utilización de las viviendas ocupadas para la comisión de otro tipos de delitos graves, como puedan ser la explotación laboral y sexual de personas; actos de prostitución y de explotación sexual y corrupción de menores; la elaboración, distribución y venta de sustancias estupefacientes; la ocultación de material robado o su receptación; el uso de fuerza en las cosas; o la reincidencia del autor o autores de la ocupación ilegal. Se penaliza no solo al autor, sino también a los promotores y a los incitadores de una ocupación ilegal.

La ley introduce atenuantes como la conmutación de la pena a trabajos en beneficios de la comunidad si la o las personas ocupantes abandonan el inmueble en los tres primeros días.

Además, con este proyecto legislativo se fortalecen el catálogo de diligencias y medidas cautelares que permita a los tribunales disponer el desalojo inmediato y la recuperación provisional del bien ilícitamente usurpado, en tanto en cuanto se continua la investigación judicial para calificar jurídicamente los hechos y pretende residenciar el delito en el ámbito del juicio rápido por la vía penal, en vez de en el ámbito de juicio con jurado.

De igual manera, recoge el fortalecimiento tanto del papel de los ayuntamientos como de comunidades de vecinos para hacer frente a la ocupación ilegal y propone que ambos queden legitimados para poder denunciar ocupaciones.

Asimismo, se propone modificar las reglas del padrón municipal para impedir la inscripción de los ocupas, de tal manera que empadronarse pasa a ser una obligación del ciudadano y no de la Administración y la o las personas ocupantes ya no podrán utilizar el empadronamiento como cobertura para su actividad ilícita, considerándose su empadronamiento nulo. En todo caso, las Administraciones públicas podrán desarrollar la normativa necesaria para conceder prestaciones sociales básicas como la escolarización o la asistencia sanitaria a quienes no se encuentren empadronados.

La ley además recoge que se faculta al Gobierno de España a promover un fondo social de viviendas estable.

EFE/Fomento CLM

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