El Gobierno obligará a los restaurantes a ofrecer al cliente las sobras de su comida para evitar el desperdicio de alimentos

Daniel Urda Banegas
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El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el proyecto de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, cuyo objetivo es reducir el desecho de alimentos sin consumir a la basura y favorecer un mejor aprovechamiento de estos.

Algunas de las medidas pasarán por la obligación de la hostelería de ofrecer a sus clientes las sobras de la comida sin coste adicional y en envases reciclables, con sanción de 2.000 euros.

En 2020 se alcanzaron los 1.300 millones de kilos de alimento desechado en los hogares, una media de 31 kilos por persona.

Una ley para "regular y concienciar"

El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, ha destacado que se trata de una ley pionera para "regular y concienciar" y para prevenir una "ineficiencia en la cadena alimentaria" que tiene consecuencias económicas, ambientales y sociales.

El texto legal busca fomentar las buenas prácticas desde los productores primarios, en fase de cosecha y recolección de alimentos, hasta los consumidores, en el hogar o en bares y restaurantes.

Solo Francia e Italia disponen de una regulación semejante en la UE.

Uno de los objetivos de la norma es concienciar, porque el 40% de la pérdida se produce en las tiendas y en los hogares y otro 20% en la cadena alimentaria.

Se favorecerá la donación de alimentos

Además, las empresas deberán estipular el destino de los alimentos para evitar su desperdicio bajo la premisa de que la prioridad máxima será siempre el consumo humano a través de la donación o redistribución de alimentos.

Para donar excedentes de alimentos, los agentes de la cadena deberán suscribir convenios de colaboración con empresas, entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos.

En estos acuerdos se deberán recoger de forma expresa las condiciones de recogida, transporte y almacenamiento de los productos, entre otras cuestiones.

Las entidades de iniciativa social que sean receptoras de donaciones deberán garantizar la trazabilidad de los productos donados mediante un sistema de registro de entrada y salida de los alimentos recibidos y entregados.

Sólo podrán destinar estos productos a la donación, sin que en ningún caso puedan comercializarlos, y deberán realizarla sin ningún tipo de discriminación entre los beneficiarios.

Transformación de alimentos no vendidos

Por otro lado, el proyecto de ley contempla la transformación de alimentos no vendidos pero que estén en condiciones óptimas en otros como zumos o mermeladas y los que ya no sean aptos para consumo humano.

Planas ha señalado que cuando los alimentos ya no sean aptos para el consumo humano, la preferencia de uso será, por este orden:

1- La alimentación animal y fabricación de piensos

2- El uso como subproductos en otra industria ya como residuos

3- La obtención de compost o biocombustibles.

El ministro asegura que los consumidores tendrán "derecho" a que las empresas hosteleras les faciliten las sobras que no hayan comido, sin coste adicional alguno, excepto en los establecimientos de bufé libre, y para ello, estos deberán disponer de envases aptos para el uso alimentario, que sean reutilizables o fácilmente reciclables.

Otras medidas para evitar el despilfarro de comida

Otra de las medidas pasan por:

  • Los establecimientos comerciales dispondrán de líneas de venta de productos "feos, imperfectos o poco estéticos.
  • Promover el consumo de productos de temporada, de proximidad o ecológicos
  • Incentivar la venta de productos con fecha de consumo preferente o de caducidad próxima, según la jerarquía de prioridades de uso.

El ministro ha añadido que el Gobierno adoptará políticas para adecuar fechas de consumo preferente a la prevención de desperdicio con acciones de formación y divulgación e incentivará que la cadena alimentaria ajuste las fechas de consumo preferente de sus productos hasta el máximo que garantice una adecuada calidad.

Ahora el Gobierno tendrá que elaborar un Plan Estratégico que se renovará cada cuatro años a propuesta de los ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación; Derechos Sociales y Agenda 2030; de Consumo; de Transición Ecológica y Reto Demográfico; de Industria, Comercio y Turismo; de Inclusión Social y Migraciones y de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, que definirá la estrategia general contra el desperdicio alimentario y las orientaciones y estructura que deberán seguir las comunidades autónomas en sus actuaciones en este ámbito.

Multas de hasta 500.000 euros

En cuanto al régimen sancionador de la futura norma, se considerará falta grave no contar con un plan de prevención que estará sancionado con entre 2.001 y 60.000 euros.

Una infracción leve, que estará sancionada con multas de hasta 2.000 euros, será, por ejemplo, no aplicar la jerarquía de prioridades o que las empresas de distribución al por menor y la hostelería y restauración no donen los productos no vendidos que sean aptos para el consumo humano a través de un pacto o convenio.

Otra infracción leve será la negativa a colaborar con las administraciones para cuantificar los residuos de alimentos.

Finalmente, las infracciones muy graves podrán ser sancionadas con entre 60.001 y 500.000 euros de multa, se considerará la segunda o ulterior falta grave que se cometa en un plazo de dos años.

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