Las Cortes de CLM ya podrán celebrar plenos telemáticos: unanimidad en la reforma del reglamento

Elena Garcia Fermosel
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Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado este jueves, por unanimidad de los 32 diputados presentes, la modificación del reglamento de la Cámara para ampliar la actividad telemática y permitir que los plenos y comisiones se celebren de forma virtual si se declaran estados de alarma, de excepción o de sitio.

En su sesión plenaria, el Parlamento autonómico ha aprobado por asentimiento la toma en consideración de la propuesta de modificación del reglamento de las Cortes regionales para habilitar la posibilidad de celebración de sesiones por videoconferencia y el voto telemático de diputados, presentada por los grupos parlamentarios socialista, popular y Ciudadanos (Cs).

Asimismo, los 32 diputados -se encuentra ausente el parlamentario socialista Ángel Tomás Godoy- han aprobado por asentimiento la tramitación en lectura única ante el pleno de esta propuesta de modificación, la cual se ha sometido a votación sin debate por parte de los grupos parlamentarios.

Antes de la votación, que ha cosechado la mayoría absoluta requerida, el presidente de las Cortes de Castilla-La Mancha, Pablo Bellido, ha dado lectura a la modificación del reglamento que afecta al artículo 84 bis.

¿Cuándo se podrán celebrar comisiones y plenos telemáticos?

La nueva redacción recoge que las sesiones de los plenos y de las comisiones podrán celebrarse por videoconferencia cuando se haya declarado uno de los estados previstos en el artículo 116 de la Constitución (alarma, excepción y sitio) y cuando la Mesa, a propuesta de la Junta de Portavoces con mayoría de tres quintos, así lo acuerde para preservar la salud o la integridad física de diputados y del personal que presta servicios en las Cortes.

Por los mismos motivos, la Mesa, con criterio favorable de la Junta de Portavoces, podrá autorizar que parte de los diputados no asistan a la sede de la Cámara y puedan intervenir y votar en sus sesiones por videoconferencia.

De igual forma, la modificación contempla, en el mismo artículo, que no podrán celebrarse por videoconferencia las sesiones de investidura del presidente de Castilla-La Mancha, en aquellas que se sustancie una moción de censura o una cuestión de confianza, ni aquellas en las que legalmente deba utilizarse el voto secreto.

También se modifica la letra c del artículo 111 del reglamento de la Cámara regional relativo al procedimiento telemático, cuya forma de votación podrá ahora autorizarse por la Mesa a aquellos diputados que se hallen en situación legal de permiso de nacimiento o cuidado de menor, así como a quienes por imposibilidad manifiesta - debidamente acreditada - no puedan asistir a las sesiones, siempre y cuando la Mesa de las Cortes lo considere plenamente justificado.

Tras la aprobación por parte del pleno del Parlamento castellanomanchego, la modificación del reglamento entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla-La Mancha.

Durante el estado de alarma decretado a raíz de la crisis del coronavirus, las Cortes regionales no pudieron llevar a cabo ni plenos ni comisiones debido a que el reglamento no lo contemplaba, si bien acogieron la celebración de un pleno monográfico sobre la COVID-19 presencial de 2 de mayo con una representación mínima de cada grupo parlamentario. EFE

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