Consejos y recomendaciones para no llevarse sustos con la Lotería de Navidad
Cada vez son más los españoles que compran Lotería de Navidad a través de Internet. Sin esperas a la puerta de la administración, permite además acceder a todos los números del sorteo. Pero a la hora de hacer efectiva esa compra online o física hay que tener en cuenta una serie de recomendaciones y consejos que os detallamos a continuación:
1-Los décimos para el Sorteo Extraordinario de Lotería de Navidad 2020 deben comprarse en sitios autorizados, dado que se han dado casos de falsificaciones y décimos ilícitos. Además, es aconsejable comprobar que el boleto lleva los correspondientes logotipos, códigos y elementos de verificación y, si se adquiere por internet, se debe comprobar que la dirección empieza por https:// o que tiene un candado o una llave al pie.
2- Las autoridades de Consumo hacen hincapié en la importancia de evitar que el cupón o el décimo se deteriore. Esto se debe a que si finalmente resultan premiados en estas circunstancias, el usuario tendrá que solicitar que Loterías y Apuestas del Estado compruebe si coincide con el número agraciado.
3- Cuidado con algunos correos electrónicos. Es posible que recibas un mail alertándote de que has ganado un premio. Desconfía. Se trata de estafas que suplantan logotipos y símbolos de administraciones de lotería. En ellos se pide el pago en concepto de tasas para el cobro del premio.
4- En relación con el cobro de los décimos o cupones agraciados, en el caso de premios inferiores a 2.500 euros se puede realizar en los puntos de venta de la red comercial el mismo día del sorteo, a partir de las 18:00 horas, mientras que para premios iguales o superiores a esa cantidad, es necesario acudir a las entidades financieras asociadas que figuran en la web de Loterías y Apuestas del Estado.
5- En caso de ser agraciado con un premio superior a 20.000 euros, se aplicará una retención del 20% del total, en el momento de cobrarlo. Los bienes que se adquieran con ese dinero o los intereses que genere ese capital en el banco deben ser declarados y pagar lo correspondiente en el impuesto de la renta.
6- En el caso de las participaciones, si el consumidor resulta agraciado con un premio en una participación de un décimo es el emisor de la misma quien debe aportarle la cantidad que le corresponda. En este caso, el premio no puede reclamarse a la administración de lotería, por lo que es importante conservar el documento de participación.
7- Igualmente, cuando un boleto compartido, es recomendable fotocopiarlo, especificando la cantidad que aporta cada uno y firmando cada uno de los pagadores. En el caso de que el portador del original decida desvincularse de sus socios e intente cobrar el premio íntegramente sin compartirlo con nadie, existiría la posibilidad de denunciarle e ir a juicio para reclamar la parte del premio correspondiente a cada uno.
8- A veces la cantidad total que se juega no coincide con la que se ha pagado porque suele haber una parte de donación para el emisor de la participación. En este caso, el consumidor debe tener cuidado con los incentivos que pudiera recibir si resulta premiado, que podrían tratar de blanquear dinero con ofertas de un porcentaje superior al importe total. Este tipo de transacciones serían perjudiciales para el consumidor ya que, si se accede a la venta, no podrá acreditar después ante Hacienda la procedencia de ese dinero.
9- Finalmente, recuerda que todos los boletos premiados tienen un plazo de caducidad que está indicado en el reverso. No obstante, en el caso de la Lotería Nacional hay un mes como máximo para el cobro y tres meses en el caso de los premios extraordinarios de Navidad y de El Niño.
EUROPA PRESS